22/Ago/14 17:54
Re: DEPRECIACION
La depreciacion es mes a mes. Es decir, por cada mes completo que se emplee el bien.
Y como todo lo relacionado al pago de impuestos, la depreciacion se aplica el principio de PROPORCIONALIDAD, es decir, porciones o fragmentos no es posible aplicar montos.
Son dos cosas distintas en su pregunta. en pagos provisionales y la anual.
Es opcion del contribuyente aplicar criterios. Lo mas idoneo es elegir un criterio homogeneo para los dos tratamientos provisionales y anual.
Unos quizas no deseen incluir depreciaciones en los pagos provisionales, pero en la anual si.
Otros prefieren aplicar en ambos la depreciacion. En que afecta. Solamente que en la anual debe ser definitivo el pago y por tal motivo no debe dejarse de incluir, y solo por declaracion complementaria se corrige
Mientras que en pagos provisionales, tan solo son provisiones, son pagos aproximados, se se incluye o no en pagos provisionales no afecta mucho, solo que de no incluirse se estaria realizado posiblemente pagos en exceso de contribuciones. Pero en la anual se debe de dejar el impuesto definitivo y ahi quizas salga un pago a favor o exceso debido a que los pagos provisionales quizas le resulten superiores al impuesto definitivo
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?