11/Ago/14 17:23
inscripción de asalariados exprés
Estimados;
Entiendo que se publica en Diciembre 30 del 2013 lo referente a registro por parte del empleador o patrón para realizar la inscripción de asalariados y que ello es sustentado en la regla I.2.4.4 de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2014.
Entiendo tambien que el mes de enero de 2014 se publica en la pagina del SAT la 'Guía de inscripción masiva exprés' ftp://ftp2.sat.gob.mx/asistencia_servicio_ftp/programas/ru12/Guia_Inscripcion_Asalariados_expres_31012014.pdf
No obstante lo anterior, al día de hoy, el portal del SAT en la ruta Tramites~>Mi Portal~>Servicios por Internet~>Solicitudes y Tramites~>Solicitud.... No cuenta con el tramite “INSC_ASALARIADO” que se indica en la citada Guía.
En Chat con la autoridad me indicant que ese tramite ya no está disponible, pero me parece ilogico porque primero, el programa RU-Electronico, aun esta disponible para descarga; pero mas importante, la unica forma que queda disponible para que el empleador cumpla con la obligacion de registrar a los asalariados es la de 'Alta con CURP', opcion MANUAL que no permite procesos masivos y es para realizer el tramite de un asalariado a la vez.
En mi caso, tengo que de un unoiverso de 450 empleados, a 160 el SAT no los tiene en su pardon. No es ni remotamente razonable hacer el registro uno por uno de 160 empleados. Sumen a eso, el hehco de que entre los datos requeridos, se cuenta especificar ENTRE QUE CALLES se hubica el domicilio fiscal y las CARACTERISTICAS DEL INMUEBLE.
No se ustedes, pero los archivos de empleado en mi empresa no cuentan con informacion sobre las calles aledañas a su domicilio y mucho menos sobre el color de la casa de los empleados y si esta esta bardeada, enrejada o cercada.
En el CHAT del SAT me han sugerido dos cosas:
1.- Enviar a los empleados al SAT para que se registren lo cual es imposible pues estaria imposibilitado para producer con ese número de empleados ausentes.
2.- Facilitar a los empleados una computadora para que realicen su registro via internet. Lo que tampoco resulta viable pues son en su mayoría, obreros sin conocimiento en el uso de computadoras y ya imaginaran ustedes que con 160 empleados en tal circunstancia, no sera factible realizer el tramite de todos en tiempo razonable.
Las dos opciones anteriores ademas de todo, no son tendientes a apoyar que EL EMPLEADOR (no el asalariado) cumpla la obligacion de registrar a los empleados.
Tienen ustedes alguna idea?
Yo opino que Deben recibirme la solicitud conforme a la mencionada guía aunque en el nombre del tramite seleccione 'OTROS' por no haber uno adecuado y entonces describer de que se trata en los espacion siguientes.
Ojala Puedan comentar.
Gracias.