Ojalá me puedan orientar, si recibo ingresos por honorarios de una ONG (específicamente la ONU a traves de PNUD Programa de Naciones Unidas) con domicilio en Panamá, cómo declaro este ingreso en México?
A reserva de sus respuestas a las preguntas anteriores, le comento, de manera general, tendría que declararlo hasta la anual si proviene de alguna actividad que no sea por salarios, si dicho ingresos proviene de salarios que provengan del extranjero o de organismos internacionales exceptuados de la obligación de retención, si tendría que efectuar un pago provisional y enterarlo a mas tardar el día 17 de cada uno de los meses del ejercicio.
Creo que esta confundido, o es honorarios o es asimilado (si es asimilado bajo que fracción esta) si es asimilado se le da el tratamiento de salarios y tendría que declararlo cada mes, a mas tardar el día 17, ya que la ONG no esta obligada a retener el ISR por ubicarse en el ultimo párrafo de esta ley, si expides una factura de servicios pro ser honorarios, lo declararías hasta la anual