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03/Jul/14 08:15
¿Aplicará la espontáneidad en los registros contables de 5 dias de plazo????

Buenos días a todos....

¿Aplicará la espontáneidad en los registros contables de 5 dias de plazo????


Mi opinión es que si, ya que se trata de una obligación fiscal.

y

¿Ustedes ques opinan?



Artículo 73.- No se impondrán multas cuando se cumplan en forma espontánea las obligaciones fiscales fuera de los plazos señalados por las disposiciones fiscales o cuando se haya incurrido en infracción a causa de fuerza mayor o de caso fortuito. Se considerará que el cumplimiento no es espontáneo en el caso de que:



I. La omisión sea descubierta por las autoridades fiscales.



II. La omisión haya sido corregida por el contribuyente después de que las autoridades fiscales hubieren notificado una orden de visita domiciliaria, o haya mediado requerimiento o cualquier otra gestión notificada por las mismas, tendientes a la comprobación del cumplimiento de disposiciones fiscales.



III. La omisión haya sido subsanada por el contribuyente con posterioridad a los diez días siguientes a la presentación del dictamen de los estados financieros de dicho contribuyente formulado por contador público ante el Servicio de Administración Tributaria, respecto de aquellas contribuciones omitidas que hubieren sido observadas en el dictamen.



Siempre que se omita el pago de una contribución cuya determinación corresponda a los funcionarios o empleados públicos o a los notarios o corredores titulados, los accesorios serán, a cargo exclusivamente de ellos, y los contribuyentes sólo quedarán obligados a pagar las contribuciones omitidas. Si la infracción se cometiere por inexactitud o falsedad de los datos proporcionados por los contribuyentes a quien determinó las contribuciones, los accesorios serán a cargo de los contribuyentes.

Saludos.
 
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martillo
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03/Jul/14 12:59
Re: ¿Aplicará la espontáneidad en los registros contables de 5 dias de plazo????

Estoy de acuerdo contigo, además de que tengo entendido que los programas contables no tienen forma de 'registrar' la hora en que se registran, valga la redundancia, las operaciones contables, por lo que seguramente esos 5 días serán 'ejercidos' cuando se presente alguna revisión por parte de las autoridades.
 
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marasacp
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03/Jul/14 13:22
Re: ¿Aplicará la espontáneidad en los registros contables de 5 dias de plazo????

Estoy Deacuerdo con todos ustedes, respecto a que los sitemas contables no registran la hora en que son capturadas las polizas diferon al respecto, almenos contafiscal si registra hora y fecha de captura de movimiento de polizas, COI en su bitacora de movimientos , Compaqi hasta donde yo recuerdo tambien se ve la fecha de creacion de polizas
no se si se hayan dad o cuenta o que opinan al respecto??
 
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arcoslun
Soldado

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03/Jul/14 14:09
Re: ¿Aplicará la espontáneidad en los registros contables de 5 dias de plazo????


¡Hola!!!

Estoy de acuerdo con Arcolun, según dicen algunos promotores de los 10 proveedores de software fiscal para Contabilidad Electrónica, todos ellos van a hacerle un favorcito al SAT, y van a tener una bitácora electrónica de registro de movimientos de las pólizas con fecha y hora que solo la autoridad podrá ver y el usuario no podrá modificar en lugar muy escondido del software. Lo pintan como un SPYWARE.

¡Saludos!!!!


Silvestre®






 
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Silvestre
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03/Jul/14 16:03
Re: ¿Aplicará la espontáneidad en los registros contables de 5 dias de plazo????

Que tal compañero martillo, buenas tardes... me permito lo siguiente:

Existe sanción en el CFF si se excede de los 5 días?

Saludos
 
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GOrnelas
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03/Jul/14 17:02
Re: ¿Aplicará la espontáneidad en los registros contables de 5 dias de plazo????

Hola mi estimado GOrnelas:


CFF ARTICULO 83. SON INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACION DE LLEVAR CONTABILIDAD, SIEMPRE QUE SEAN DESCUBIERTAS EN EL EJERCICIO DE LAS FACULTADES DE COMPROBACION O DE LAS FACULTADES PREVISTAS EN EL ARTICULO 22 DE ESTE CODIGO, LAS SIGUIENTES:
(REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 9 DE DICIEMBRE DE 2013)


ARTICULO 84. A QUIEN COMETA LAS INFRACCIONES RELACIONADAS CON LA OBLIGACION DE LLEVAR CONTABILIDAD A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 83, SE IMPONDRAN LAS SIGUIENTES SANCIONES:
III. DE $260.00 A $4,790.00 A LA SEÑALADA EN LA FRACCION IV.

Algunos dicen que es por cada registro.

saludos.
 
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martillo
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03/Jul/14 17:17
Re: ¿Aplicará la espontáneidad en los registros contables de 5 dias de plazo????

Mientras la autoridad no lo descubra ó te mande algun recurso como los 'requerimiento' yo tambien creo que se considerará espontaneo aunque te pases de los 5 días.
 
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pablozh
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03/Jul/14 17:20
Re: ¿Aplicará la espontáneidad en los registros contables de 5 dias de plazo????

Que tal compañero .. gracias por interactuar ... sin embargo le cuestiono en base al fundamento que expuso:

Pero .. antes de .. primero ... para cuando o que días debes enviar 'la contabilidad' ????

Saludos
 
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GOrnelas
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03/Jul/14 17:39
Re: ¿Aplicará la espontáneidad en los registros contables de 5 dias de plazo????

El envio de la contabilidad y el registro contable son dos cosas diferentes.

El art. 33 del RCFF establece la obligación de:

B. LOS REGISTROS O ASIENTOS CONTABLES DEBERÁN:
I. Ser analíticos y efectuarse en el mes en que se realicen las operaciones, actos o actividades a que se refieran, a más tardar dentro de los cinco días siguientes a la realización de la operación, acto o actividad;



Obviamente que para cumplir con el envio de la contabilidad tengo que hacer registros contables.

Saludos.
 
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martillo
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03/Jul/14 17:49
Re: ¿Aplicará la espontáneidad en los registros contables de 5 dias de plazo????

El envio de la contabilidad y el registro contable son dos cosas diferentes.

El art. 33 del RCFF establece la obligación de:

B. LOS REGISTROS O ASIENTOS CONTABLES DEBERÁN:
I. Ser analíticos y efectuarse en el mes en que se realicen las operaciones, actos o actividades a que se refieran, a más tardar dentro de los cinco días siguientes a la realización de la operación, acto o actividad;


Obviamente que para cumplir con el envio de la contabilidad tengo que hacer registros contables.

Saludos.


Compañero martillo .. es correcto ..

Saludos
 
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GOrnelas
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