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26/Jun/14 09:55
Contabilidad simplificada reporte al SAT

Persona Física Honorarios con ingresos menor a 2 millones se puede llevar registro en MIS CUENTAS, hasta marzo de 2014 expidió recibos impresos con CODIGO DE BARRAS.
¿es necesario capturarlos en MIS CUENTAS, también los egresos con CBB y las deducciones de inversiones (auto, local)?
No se há capturado nada en el sistema mis cuentas solo se registra en hoja de excel,
entiendo que puedo llevar los registros en mis cuentas y realizo el pago a través de PAGO REFERENCIADO.
 
Checo51@
 
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sergio
Sargento Segundo

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26/Jun/14 10:30
Re: Contabilidad simplificada reporte al SAT

Buen día mi estimado:

Mis cuentas es solo para el RIF y en base a lo que comentas de la tu actividad, no puede estar inscrito en este régimen. Por los ingresos que mencionas debes de llevar una contabilidad simplificada (art 110 frcc II LISR, 112 LISR y 28 CFF).

Espero te sea de utilidad mi comentario.

Saludos.
 
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OMA130730
Soldado

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26/Jun/14 10:41
Re: Contabilidad simplificada reporte al SAT

Artículo 110 fracción III de la LISR a la letra dice:
Llevar contabilidad de conformidad con el CFF y su REglamento, tratándose de P.F. cuyos ingresos del ejercicio de que se trate no excedan de dos millones de pesos, llevaráb su contabilidad y expedirán sus comprobantes en los términos de las fracciones III y IV del artículo 112 de esta Ley.

El artículo 112 (régimen de incorporación fiscal) en sus fracciones III y IV a la letra dicen:

III. Registrar en los medios o sistemas electrónicos a que se refiere el artículo 28 del CFF, los ingresos, egresos, inversiones y deducciones del ejercicio correspondiente.
IV. Entregar a sus clientes comprobantes fiscales. Para estos efectos los contribuyentes podrán expedir dichos comprobantes utilizando la herramienta electrónica de servicio de generación gratuita de factura electrónica que se en encuentra en la página de internet del SAT

Por lo que pienso que si es factible que utilice mis cuentas para registrar su contabilidad.

Esperamos mas opiniones al respecto.

Saludos!
 
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alegre70
Sargento Segundo

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26/Jun/14 14:28
Re: Contabilidad simplificada reporte al SAT

Hola anexo lo que comenta el reglamento con referencia al art. 1110 antes 133

Artículo 167. Para los efectos del artículo 133, fracción II de la Ley, los contribuyentes personas físicas que perciban ingresos provenientes de la prestación de servicios profesionales, que además obtengan ingresos provenientes de otras actividades gravadas en los términos del Título IV de la citada Ley, podrán llevar un solo libro de ingresos, egresos y de registro de inversiones y deducciones, en lugar de la contabilidad a que se refiere el Código Fiscal de la Federación.

Lo dispuesto en el párrafo anterior no será aplicable cuando los contribuyentes a que se refiere el presente artículo perciban además ingresos provenientes de la realización de actividades empresariales por los que deba tributar en los términos del Capítulo II, Sección I del Título IV de la Ley.

adicionalmente creo que hay una regla para si tu capturas en mis cuentas no envias informacion mensual de la contabilidad ni la declaracion de proveedores la estoy buscando y en breve la incorporo.

saludos
 
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gigantemente
Sargento Primero

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26/Jun/14 15:07
Re: Contabilidad simplificada reporte al SAT

hola algo de la reglas

en la primera primera resolución de modificaciones a la resolución del 13/03/2014 la siguiente regla versa lo siguiente:

Sistema de registro fiscal “Mis cuentas”
I.2.8.2. Para los efectos del artículo 28, fracción III del CFF, los contribuyentes del RIF, deberán ingresar a la aplicación electrónica “Sistema de Registro Fiscal” “Mis cuentas”, disponible a través de la página de Internet del SAT, para lo cual deberán utilizar su RFC y Contraseña. El resto de las personas físicas podrán optar por utilizar el sistema de referencia. (subrayado por mi)

Una vez que se haya ingresado a la aplicación, los contribuyentes capturarán los datos correspondientes a sus ingresos y gastos, teniendo la opción de emitir los comprobantes fiscales respectivos en la misma aplicación. Los ingresos y gastos amparados por un CFDI, se registrarán de forma automática en la citada aplicación, por lo que únicamente deberán capturarse aquéllos que no se encuentren sustentados en dichos comprobantes.

Los contribuyentes que presenten sus registros de ingresos y gastos bajo este esquema, podrán utilizar dicha información a efecto de realizar la integración y presentación de su declaración.
Quinto párrafo (Se deroga)
CFF 28

y aquí viene creo la confucion el parrafo quinto de la RMF 2014

decía lo siguiente:
.....

Con excepción de los contribuyentes sujetos al RIF, las personas físicas que cuenten con un sistema contable electrónico, podrán optar por llevar su contabilidad a través del mismo, siempre que cumplan con lo señalado en la regla II.2.8.2.

pero si vas a ver la regla II.2.8.2 nada tiene que ver con esto es por eso que lo deroga y en la 1ra modificacion lo ponen en el primer parrafo

'' El resto de las personas físicas podrán optar por utilizar el sistema de referencia.''

tomando esto en consideración creo que podrías optar por subir tu informacion al sistema mis cuentas y asi no manda nada de contablidad.

espero haber ayudado en algo.

saludos cordiales
 
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gigantemente
Sargento Primero

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27/Jun/14 12:16
Re: Contabilidad simplificada reporte al SAT

Muy interesante el comentario gigantemente

Me quedo con el comentario final:
'' El resto de las personas físicas podrán optar por utilizar el sistema de referencia.''


Saludos
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
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vabdo
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