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25/Jun/14 16:41
IVA en el RIF

Buenas tardes, si tengo ingresos con IVA y sin él como las venta de mostrador, hay una proporción, pero que pasa con el IVA que me trasladan, por mis gastos, compras etc. Viendo la calculadora fiscal del RIF, el IVA acreditable se refleja como ''una ganancia', y realmente no es asi, porque lo pague . ¿alguien ya vió este calculo? ¿algun comentario?

Gracias
 
&CH
 
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anaili
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27/Jun/14 00:03
Re: IVA en el RIF

Hola , acabo de entrar al simulador de declaraciones para rif
pero al señalar el calculo de iva no hace ningun calculo
separo las ventas con el publico y las ventas con iva , y señalo que estoy de acuerdo con el iva calculado ,doy enviar declaracion y nada no pasa nada;en cambio si señalo que no causo iva
me hace el calculo de isr y acepto el calculo doy enviar, y me manda un mensaje de que la declaracion fue enviada.
pero tengo una duda encontre esto:
Recuerda que quienes opten por tributar en el RIF podrán aplicar un estímulo fiscal equivalente al 100% del IVA y del IESPS que deban pagar por la enajenación de bienes, la prestación de servicios independientes o el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes muebles, siempre que realicen únicamente operaciones con el público en general.
Este estímulo será acreditable contra el IVA o el IESPS que deban pagar por estas actividades.
Así mismo, el estímulo procederá:
• si no se traslada al adquirente de los bienes, al receptor de los servicios independientes o a quien se otorgue el uso o goce temporal de bienes muebles, ninguna cantidad por concepto del IVA o el IESPS
• si no se efectúa ningún acreditamiento de los impuestos que les hayan sido trasladados, y del propio gravamen pagado con motivo de la importación de bienes o servicios
YA NO ENTENDI SE VA A PAGAR IVA O NO EN EL RIF,que no se habia dado la facilidad de no pagar este 2014 aunque lo hayas separado? QUE ALGUIEN ME EXPLIQUE por fas!!
 
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roselen29
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27/Jun/14 01:03
Re: IVA en el RIF


¡Hola!!! Roselen29:

El Simulador de Declaración del RIF no esta terminado, tiene falta de cálculo de la proporción de IVA, cuando se tienen Actos o Activadades con el Público en General y algunos Actos o Actividades con IVA Cobrado(Trasladado). Con respecto al estímulo aquí tienes la respuesta:

I.10.4.7 Primera Modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal 2014, publicada en D.O.F. en el Jueves, 13 de Marzo de 2014:

Para los efectos del Artículo Séptimo Transitorio del Decreto a que se refiere este Capítulo, los contribuyentes podrán seguir aplicando los estímulos previstos en el mismo, aun cuando en algunos de los comprobantes fiscales que emitan, trasladen en forma expresa y por separado al adquirente de los bienes o al receptor de los servicios el IVA o el IEPS correspondiente a dichas operaciones, en cuyo caso tendrán que pagar dichos impuestos
exclusivamente por aquellas operaciones donde hayan realizado el traslado en forma expresa y por separado en el CFDI correspondiente
, para lo cual sólo podrán acreditar el IVA o el IEPS cuando proceda, en la proporción que represente el valor de dichas actividades facturadas por las que haya efectuado el traslado expreso, del valor total de sus actividades del bimestre respectivo.


¡Saludos!!!


Silvestre®





P.D: Pués, no es la única falla del Simulador de Declaración del RIF. ¿Dónde vamos a Declarar los Gastos por Sueldos y Salarios, Vacaciones, Aguinaldo, etc.etc.? ¿Será a caso en Compras y Gastos a la Tasa 0%? Tiempo al Tiempo, esperar que sea Definitivo.







Editado: Junio 27, 2014 01:21:38
 
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Silvestre
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