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23/Jun/14 09:51
PREMIO DE ASISTENCIA, POLITICA INTERNA y APLICACION

Muy buen día a todos,

Es una breve duda que tengo con respecto a como se ha estado aplicando los premios de asistencia en donde laboro.

A pesar de que la política interna menciona que los premios de asistencia (topados al 10%) se perdera al existir un ausentismo injustificado. No se aplica así en la realidad.

Actualmente si un trabajador se ausenta injustifcadamente, solo se descuenta en propórción (de igual manera del 10%) el premio de asistencia.

Mi pregunta: Será que en una revisión, la autoridad del Imss pueda considerar éste descuento como un ingreso disfrasado? a pesar de que en la LSS no menciona la manera de aplicar dicho premio? Realmente me causa incertidumbre de ésta manera que lo han venido aplicando.

Mucho agradeceré sus muy útiles comentarios.
De antemano Gracias.
 
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HADY
Sargento Segundo

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23/Jun/14 10:19
Re: PREMIO DE ASISTENCIA, POLITICA INTERNA y APLICACION

Hola HADY

solo se descuenta en propórción (de igual manera del 10%) el premio de asistencia.

Mi pregunta: Será que en una revisión, la autoridad del Imss pueda considerar éste descuento como un ingreso disfrasado? a pesar de que en la LSS no menciona la manera de aplicar dicho premio?


Si te lo pueden como ingreso disfrazado.

Este tema ya fue comentado ampliamente en otros tópicos.

Saludos
 
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vabdo
General de Brigada

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23/Jun/14 11:08
Re: PREMIO DE ASISTENCIA, POLITICA INTERNA y APLICACION

Normalmente si no se cumplen las politicas se encuentra en riesgo.


Saludos
 
'Nuestro conocimiento es necesariamente finito, mientras que nuestra ignorancia es necesariamente infinita.'
 
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juancarm
Teniente Coronel

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23/Jun/14 11:30
Re: PREMIO DE ASISTENCIA, POLITICA INTERNA y APLICACION

Muchas gracias Juan Carm,

Justo buscaba en otros tópicos acerca del tema, y aunque hay muchos relacionados, (2%, integraciones o efectos para gravar) nada que se le pareciera a éste.

Al momento de modificar mis políticas internas, para estar en acorde, con lo realizado, puede ayudarme en lo que ha corrido éste tipo de nómina?

Mi intención en este momento es modificar la nómina para aplicarla como comunmente se trabaja, que es quitandola por un ausentismo injustificado.
 
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HADY
Sargento Segundo

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23/Jun/14 12:41
Re: PREMIO DE ASISTENCIA, POLITICA INTERNA y APLICACION

a pesar de que en la LSS no menciona la manera de aplicar dicho premio?


La LSS no tiene que decir o mencionar lo que intenta justificar por dicho premio.

Quien justifica la erogacion le corresponde al patron. Ustedes indican que son premios, como los sustentaria.

Pongamos otra partida de salarios. Tiempo extra. Digame como comprueba que debe pagar el tiempo extra, la LSS no dice como debe aplicar esta partida, digame si es asi, donde lo hace. Tambien hay partidas 'exentas' para integrarse en Tiempo Extra.

¿Por que al pagar tiempo extra, segun sus recibos de nominas, si corresponden a liquidarse este concepto y no otro, por ejemplo cuota diaria?
¿Se tienen autorizaciones del tiempo extra, se lleva un registro y control del tiempo efectivamente laborado por tiempo extra? ¿El trabajador checa su tarjeta de tiempos y la firma, donde aparece ¿todo lo anterior, dice la ley o algun reglamento que asi se debe hacerse? ¿Por que debe de hacerse?

Le indico que la LSS es un ordenamiento de ambito general, no tiene que regular de manera especifica renglones o ciertos puntos en lo particular. El contribuyente debe buscar otros ordenamientos de como le indica como cumplir, si no se menciona en alguno de los ordenamientos, le queda bajo su responsabilidad intentar comprobar apropiadamente que efectivamente esta cumpliendo.

La pregunta seria ¿Como cumple con la comprobacion del premio de asistencia? Si dice que es asistencia minimo debe haber una tarjeta de nomina de sus horarios entrada y salida y esa seria la justificacion de que asistio. De este modo queda un control de asistencia y de comprobacion. Si no asiste el trabajador, pues seria evidente que no requiere de comprobacion, de algo que no sucede. Pero la idea es pagar asistencias no inasistencias. El premio por asistencia es lo cuestionable, el patron debe dejarlo claramente que si es un premio efectivo, no inventado a conveniencia, que si se lleva control, que si se paga el premio cuando es debido.

Los del IMSS pudieran decir, Ustedes pagan premios de asistencia para no pagar incrementos de cuota diaria, por eso no tienen controles de asistencia y siempre ganan el premio. Esto es lo que hay que desvirtuar y comprobar que no son falsos los premios.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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25/Jun/14 09:05
Re: PREMIO DE ASISTENCIA, POLITICA INTERNA y APLICACION

Muchas Gracias Enrique 9727

Estoy en total acuerdo con Ud. de hecho ya se empezo a trabajar con el personal para hablarles del cambio ahora que estoy retomando éste lugar, justo lo que me comenta fue mi duda cuando vi éste concepto como se estaba manejando. Agradezco sus muy valiosos comentarios.

Que tenga un excelente día.
 
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HADY
Sargento Segundo

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25/Jun/14 09:30
Re: PREMIO DE ASISTENCIA, POLITICA INTERNA y APLICACION

Buen día:

Considero que dichos 'premios' deben estar regulados en un Reglamento de asistencia y puntualidad.

Saludos
 

 
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a_cano
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25/Jun/14 13:25
Re: PREMIO DE ASISTENCIA, POLITICA INTERNA y APLICACION

Actualmente si un trabajador se ausenta injustifcadamente, solo se descuenta en propórción (de igual manera del 10%) el premio de asistencia.


Una prestacion no debiera condicionarse de manera proporcional. Quizas pudiera ser establecido en distintas medidas.

Si se entrega a proporcion, es mucho mas evidente que se entrega en funcion al trabajo, por latnto sera integrable como salario para fines laborales y a su vez para la integracion del seguro. Ademas se vuelve una partida fija. Siendo fija para el seguro, siempre se integra, peor aun, porque ya se conoce una partida de antemano.

El premio si es que se ofrece genuinamente, no siempre se gana. Con esta eventualidad de que a veces se entrega, otras no. Se convierte en partida variable y mas aun si NO se sobrepasa del 10%, ya quedaria libre de la obligacion de estarse integrando.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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