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13/Jun/14 12:26
¿Alguien a elaborado un cfdi nóminas de finiquito y ptu?

Hola, si me pueden ayudar.
Tengo duda en que se pone en la fecha inicial, fecha final y cuántos días se le paga, en el cfdi.

En el caso de finiquito, en las 3 fechas le puse lo mismo, fecha inicial, fecha final, fecha de pago. Y en cuántos días se le paga, NO aplica o no le pongo nada, estoy en duda.

Ahora bien, la fecha de pago sería la fecha exacta de su renuncia o cuando se elaboro el cheque, estoy confundida en este caso. Gracias.

Igual, para ptu, fecha inicial 01/01/2013 y fecha final 01/12/2013 cuántos días se le paga, pues no le pongo nada, o tengo que poner el que se saco en el proyecto de ptu.

Por otro lado en el detalle, solo resumo lo que se esta pagando, ejemplo VAcaciones, Prima Vacacional, Aguinaldo, ptu etc., no pongo días, como 5 días de vacaciones, 5 dias de aguinaldo, porque esto esta a detalle en su recibo que firma, en el cfdi creo qué es únicamente para meter esos pagos del trabajador, no importa si se detalla o ¿si tengo que ponerlo?

Gracias por sus comentarios.
 
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cpallares
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13/Jun/14 17:30
Re: ¿Alguien a elaborado un cfdi nóminas de finiquito y ptu?

Un recibo CFDI, entiendo es el recibo fiscal, muy probablemente exista otro similar o parecido para fines practicos del papelito tradicional al que estamos acostumbrados. Las fechas considero no sean tan relevantes, pero si deben quedar incluidos dentro del ejercicio correspondiente. Es decir no pudieran brincar al siguiente ejercicio, debe quedar en el mismo ejercicio fiscal.

Lo que si debe haber entre los comprobantes, digamos el finiquito y el CFDI, una manera de concatenarse o relacionarse ambos, si no fuese por la fecha, si por alguna particularidad en especial. Igual que los periodos de nominas y el nombre del trabajador o sus datos, son la manera de concatenarse el recibo de nominas que firma el trabajador, del CFDI, que no creo que este ultimo lo firme el trabajador, resulta ser muy impractico y dificilmente se firmaria. Quien los firmaria seria el patron y demas personas que constituyen la elaboracion del CFDI
pero no el trabajador, por lo menos a mi no me ha tocado la experiencia.

Asi que si hay un recibo de nominas de x periodo, por otro lado tambien habra un CFDI equivalente o por cada comprobante similar, como finiquitos, retroactivos, etc, etc.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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16/Jun/14 11:54
Re: ¿Alguien a elaborado un cfdi nóminas de finiquito y ptu?

Hola cpallares

En el caso del PTU, lo que nosotros anotamos es lo siguiente:
DIAS: los dias trabajados en el año
Fechas: la inIcial la final y la fecha de pago: IGUALES.
Se anoto la fecha de pago.

Saludos
 
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vabdo
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16/Jun/14 15:52
Re: ¿Alguien a elaborado un cfdi nóminas de finiquito y ptu?

Gracias por sus comentarios, voy a tomar en cuenta el comentario de Vabdo, En el caso de ptu, y en el caso de finiquito la fecha inicial y fecha final tomaré la fecha de renuncia y la fecha de pago el día que se elaboro el cheque que fue el siguiente día, y respecto a los días trabajados, pues no aplica porque en dichos recibos viene su antigüedad y ahí queda explicito el tiempo que trabajo.

Ambos recibos se relacionan pero el cfdi es como una constancia, como bien dice Enrique las fechas a lo mejor no son tan relevantes, porque mas que nada son el detalle de por qué fueron esos ingresos que obtuvo el trabajador, y cuando se pagaron.
 
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cpallares
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17/Jun/14 00:18
Re: ¿Alguien a elaborado un cfdi nóminas de finiquito y ptu?

:neutral: Buenas noches.

En el finiquito se puede poner en dias trabajados, los que hubiesen quedado pendientes de pago x salarios devengados o si es el caso de un finiquito posterior, yo anoto '1'

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=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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17/Jun/14 13:09
Re: ¿Alguien a elaborado un cfdi nóminas de finiquito y ptu?

Por este año las fechas no sean tan importantes. Nace la obligacion casi de repente cuando la mayoria de los Contribuyentes (en especial PF) no conoce su empleo de FIEL y Certificados ni tampoco de CFDI, fue un cambio tan rapido y drastico. Que debia darse.

Por eso las fechas no sean tan relevantes en el primer trimestre o semestre. Tampoco prudente exista desfazamientos en fechas. No hay automatizacion en los sistemas, los nuevos sistemas de nominas seguramente preveeran mejor las cosas, pero por lo pronto hay que sortear las nuevas necesidades.

Se buscaria adecuarse lo mejor posible a las necesidades recientes, entre mas inmediatamente se resuelvan seria lo ideal, pero en ocasiones se retrasa la solucion pues no es sencillo atender de la mejor manera de manera inmediata.

En relacion a nominas y su datos a informarse en los comprobantes, entre mas precision exista es mejor... se manifestaba que la antiguedad que ya informa los dias de servicios, pues les refiero que no. Hay dias de ausentismos y de incapacidad y hasta otros supuestos no contemplados. Asi que al patron siempre le corresponde determinar pagos, entre mas claros sean menos problemas tendria a futuro.

Los datos no pudieran 'estimarse' 'sugerirse', 'pensarse' que asi proceden. Ante inconformidades, no valen dichas aseveraciones por no precisarse. Al no precisarse, quien falla es el patron. Por eso entre mas preciso se manifiesten los recibos es lo ideal para evitarse malos momentos de reclamaciones
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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