Buenos dias,
le explico mi caso.
la empresa que trabajo se dedica a la fabricacion y venta de muebles. mi jefe osea el dueño de la empresa decidió llevarse 100,000 pesos en muebles para la decoracion de su hogar. dichos muebles no los pagó el accionista, y ni los piensa pagar porque es el dueño, entonces la empresa absorberá el costo.
y mis dudas son:
la empresa tiene que absorber el costo o no?
se considerará como un dividendo ficto?
o se considerará como que?
y si hay algo que se pueda hacer para que no se tome como un dividendo, para no pagar impuestos :/
ayuda!!!
Toda vez que dices, '... la empresa para la que trabajo... ' voy a partir del supuesto que es una persona moral, por lo que tienes un faltante de inventarios, por lo que es un ingreso omitido, igual como ya te señalaron tienen la alternativa de considerar como 'no deducibles' los gastos o costos en que incurrieron para la fabricación, en cuyo caso al ser un no deducible que beneficia a un socio, se convierte en un dividendo ficto.