Que tal , quería saber su opinión acerca del pago de impuestos de una segubeca, el cliente nos dice que va a cobrar la segubeca ya que su hijo cumplió ya los 18 años y quería saber si debe pagar impuestos en mi opinión leyendo los artículos 90 y 151 de la ley de isr no debería pagar isr, ni presentar declaraciones por dicho ingreso, pero mi socio quiere manejar el ingreso en el capitulo de lo demás ingresos, que opinan se debe pagar isr por el cobro de una segubeca?
Que tal a_cano gracias por responder, el pago se realizara en una sola exhibición y no se creara un fideicomiso, el beneficiario por supervivencia es el mismo que realizo las aportación, es decir, el cliente, por lo tanto pienso que es una cuenta de ahorro por lo cual, no debe haber impuesto y contactando a la compañía de seguros me dijeron que no se debía pagar impuestos, pero no me supieron dar el fundamento correcto, tu que opinas se debe pagar impuesto?