09/May/14 22:23
Re: FISCAL
Hola arnulfo:
El sat ya habia publicado un escrito sobre varias dudas en el llenando de Delcaraciones y pagos, te copio la respuesta a tu duda:
¿En qué campo de la sección del ISR PERSONAS FÍSICAS. ACTIVIDAD
EMPRESARIAL Y PROFESIONAL de la nueva versión del Servicio de
Declaraciones y Pagos (Pago Referenciado,) personas físicas, se pueden capturar
las pérdidas de ejercicios anteriores?
Respuesta.
El importe que corresponda a las pérdidas fiscales de años anteriores pendientes
de amortizar, se debe capturar en el campo: “Compras y gastos del periodo que
declara”.
Y te paso la liga del Texto:
http://www.sat.gob.mx/fichas_tematicas/pago_referenciado/documents/pyrreelevantes_pf.pdf
Saludos