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07/May/14 22:42
Facturación de Caliche

Buenas Noches, espero y me puedan ayudar...

Alguien me podrá ayudar a saber si tengo que tramitar algún permiso ante SEMARNAT o alguna otra dependencia para poder facturar CALICHE?....

El caliche que tengo que facturar, es de primera mano, es decir tengo el terreno de donde se saca y mi cliente va con su maquinaria, lo extrae y el mismo se lo lleva...

Otra duda, lo debo de facturar con IVA?

Gracias de antemano por cualquier tipo de información que me puedan dar.
 
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Everlux
Soldado

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08/May/14 10:40
Re: Facturación de Caliche

Buen día:

En aspecto fiscal, considero que se deberá aplicar por analogía el siguiente criterio normativo del SAT:

135/2013/IVA Enajenación de piedra, arena y tierra. No son bienes inmuebles.
El artículo 9, fracción I de la Ley del Impuesto al Valor Agregado señala que no se pagará el citado impuesto tratándose de la enajenación de suelo.

El artículo 22, primer párrafo del Reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, hace referencia al suelo como bien inmueble; ahora bien, aplicando supletoriamente la legislación del derecho federal común, por suelo debe entenderse el bien inmueble señalado en el artículo 750, fracción I del Código Civil Federal.

Por ello, a la enajenación de piedra, arena o tierra, no le es aplicable el desgravamiento previsto en dicho artículo 9, fracción I de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, ya que no son bienes inmuebles.

En el aspecto ambiental, estimo que es importante acudir ante SEMARNAT, con el fin de saber si se está obligado a presentar estudio de impacto ambiental.

Espero sea de utilidad.

Editado: Mayo 08, 2014 10:41:23
 

 
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a_cano
Teniente Coronel

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