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26/Abr/14 18:04
Inoformativa IEPS alimentos calóricos

Que tal compañeros, estaba intentando llenar la declaración informativa trimestral por IEPS calórico cuando me surgieron algunas dudas:

1 ¿Se deben reportar todas las operaciones de clientes a quienes se les vendieron artículos que incluyen IEPS o solamente se relacionan los casos en que los clientes solicitaron el desglose de este impuesto?

2. ¿De los casos relacionados, se debe inlcuir información de compra/venta de otros articulos aún cuando no estén gravados por IEPS pero que sean adquirios/vendidos por o para la misma empresa? (esto en mi opinión no aplicaría por ser informativa del IEPS y no de IVA o de otros impuestos, pero me gustaría conocer sus opiniones).

3. ¿Cómo han solucionado lo del control unitario de los diferentes productos, y la clasificación de los mismos (por ejemolo los cacahuates con chocolate confitados son 'botanas','chocolates' o 'confitados'?

4. Conozco varios casos en los cuales no se tiene un control pormenorizado de las ventas de los artículos, ¿Pudieran decirme cómo informar la cantidad y unidad de medida de las ventas si en los comprobantes simplificados expedidos (maquinas registradoras) no se indica?

5. Considero que el IEPS es un impuesto pensado en fabricantes o productores más que en comerciantes y detallistas, ¿Qué opinan respecto a cumplir con informar los importes de las operaciones realizadas englobando en un solo registro todas las operaciones? Para ejemplificar lo anterior, en vez de generar 120 registros para un proveedor que vende diversos artículos y en diversas presentaciones, generar un solo registro con el total de los montos e impuestos cobrados o trasladados según sea el caso.

Agradezco de antemano sus comentarios.
 
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LCPako
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29/Abr/14 08:54
Re: Inoformativa IEPS alimentos calóricos

Buenos dias, alguien ya mando esta informativa que me orienten sobre si se tiene que separar por producto, o sera suficiente por proveedor y por cliente no tanto por producto,,,gracias por sus comentarios
 
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IAH
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29/Abr/14 14:24
Re: Inoformativa IEPS alimentos calóricos

Despues de batallar un rato ya pude enviar el primer trimestre del IEPS por Alimentos no basicos con alto contenido calorico, lo envie con el Anexo 1 y si pude cargar la informacion generando un archivo texto.

Recomiendo bajar el archivo Layout del anexo 1 y tener cuidado con el campo 7 se debe de escoger una clave de 3 digitos que en el archivo no esta pero lo pueden ver directamente corriendo el programa, por ejemplo 008 alimentos preparados a base de cereales 001 botanas si ponen 000 les va a marcar error, etc., etc.

En mi opinion como la declaracion es por trimestre (ene-mar) y por clientes y proveedores, hay que agruparlos por este periodo y por tipo (cliente o proveedor).

saludos
 
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Cone34
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07/May/14 09:37
Re: Inoformativa IEPS alimentos calóricos

Yo la presenté por el momento sin datos, porque llamé al Sat y me comentaron que tenia que analizar practicamente las facturas ejemplo


Una persona compró 5 bolsas de 6g de dulces x; 8 cajas de dulces de 20 g, la carga tendría que ser así


POR ESE tipo de operación tendría que ser 2 registros de ese RFC pues tiene2 productos con diferentes caracteristicas, y de igual forma los proveedores, la verdad a mi se me hace muy complicado, y como es mucha información por el momento se decidió enviarla sin datos, en lo que la podemos terminar.

No se uds como llenaron el anexo
 
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angelfama3000
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08/May/14 10:19
Re: Inoformativa IEPS alimentos calóricos

Buenos días:

Disculpen me podrían indicar la ruta de donde obtuvieron el programa de Informativa de IEPS por la venta de alimentos con alta densidad calórica ya que en la pagina del sat no lo localizo y hable al 01 800 y me salieron con que los expertos en la materia no estaban disponibles que marcara después.


De antemano les agradezco sus comentarios.
 
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polizacuadre
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08/May/14 17:22
Re: Inoformativa IEPS alimentos calóricos

Hola poliza:

esta es la liga para ir a la descarga del programa y el catalogo:

http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/software/Paginas/sistema_multi_ieps.aspx

saludos
 
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Cone34
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08/May/14 18:57
Re: Inoformativa IEPS alimentos calóricos

Bureno compañero, yo he presentado estas informativas con la información resumida por cliente o proveedor según sea el caso, sin desglozar unidades ni tipos ni presentaciones y considero adecuado acudir a la PRODECON con el caso tratado, ya que debido a la mecánica del IEPS calórico el número de sujetos obligados y el detalle que 'exige' en esta informativa el SAT me parece ridícula e infactible
 
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LCPako
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09/Jun/14 13:29
Re: cargabacht multi-ieps 2014

hola, que tal de casualidad alguien cuenta con el cargabatch multi-ieps 2014 actualizado que pusiesen facilitarme de favor para cargar mis archivos que son un buen.. les deje mi correo vince_slave89@hotmail.com gracias.
 
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vince
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16/Jun/14 22:32
Re: Inoformativa IEPS alimentos calóricos

Hola Buenas noches.

La empresa de que les platico, es PersonaMoral.
Aquí se producem frutos secos, y después se procesan para producir varios tipos de dulces enchocolatados, por lo tanto causa IEPS por alimentos de alto contenido calórico.

Se manejan alrededor de 30 presentaciones de los productos: Con cubierta dulce, Salada, con chocolate blanco, con chocolate negro, etc... multiplíquenlo por los diferentes tipos de porción: desde 50gms, 100 gms, 350 gms, etc....

Esta empresa maneja todo a crédito, y tiene alrededor de 50 clientes.

Consulta:

¿Tendría que hacer la informativa del IEPS por cada cliente, y por cada producto en su diferente presentación?
Para colmo de males: ¿Tendría que hacer la declaración en base a lo efectivamente cobrado que es como se causa el IEPS?; O sea: Relacionar cada Pago con cada factura de crédito, y luego desglosar cada factura en cada uno de los aproximadamente 30 productos?
Calculen: 50 clientes x 30 presentaciones de producto x el número de facturas.... es una informativa enorme...y luego para acabarla, CON BASE EN LO COBRADO Y NO LO FACTURADO!!!

:twisted:
 
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danielk19
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17/Jun/14 19:43
Re: Inoformativa IEPS alimentos calóricos

Bueno, como veo que no hay mucha afluencia respecto a la informativa del IEPS, propongo analizar lo siguiente.

Hay dos obligaciones de informar establecidas en la LIEPS:

Artículo 19.- Los contribuyentes a que se refiere esta Ley tienen, además de las obligaciones señaladas en otros artículos de la misma y en las demás disposiciones fiscales, las siguientes:

(...)
II-
(...)
Los contribuyentes que enajenen los bienes a que se refieren los incisos A), F), G) y J) de la fracción I del artículo 2o. de esta Ley, que trasladen en forma expresa y por separado el
impuesto establecido en la misma, deberán proporcionar al Servicio de Administración Tributaria en forma trimestral, en los meses de abril, julio, octubre y enero, del año que corresponda, la relación de las personas a las que en el trimestre anterior al que se declara les hubiere trasladado el impuesto especial sobre producción y servicios en forma expresa y por separado en los términos de esta fracción, así como el monto del impuesto trasladado en dichas operaciones y la información y documentación que mediante reglas de carácter general señale el Servicio de Administración Tributaria.


(...)
VI-Proporcionar a las autoridades fiscales durante el mes de marzo de cada año, la información que corresponda de los bienes que produjeron, enajenaron o importaron en el año inmediato anterior, respecto de su consumo por entidad federativa e impuesto correspondiente, así como de los servicios prestados por establecimiento en cada entidad federativa. Para los efectos de esta fracción, se considera que los bienes se consumen en el lugar en el que se hace la entrega material del producto, de acuerdo con el comprobante fiscal.

En nuestro caso somos del Inciso 'J'.

Entonces, son dos obligaciones:
1)*Declaración Trimestral que relaciona personas a las que se les trasladó el IEPS en forma EXPRESA Y POR SEPARADO.
2)*Declaración informativa anual de bienes producidos, enajenados, importados.

Por la informativa trimestral, entiendo que solamente vamos a reportar a las personas a quienes se les trasladó el IEPS en la factura EXPRESAMENTE Y POR SEPARADO. O sea, que quienes no nos solicitan el desglose de IEPS no entran en esta declaración.
Que sucedería en nuestro caso que toda la venta es a crédito: ¿Tendríamos que ponernos a integrar el IEPS de acuerdo a lo Efectivamente Cobrado, o solamente de acuerdo a lo facturado?. Noten que es mucho más fácil hacer un reporte de facturación de IEPS que un reporte de Facturas Cobradas de IEPS, porque hay que cruzar pagos con su respectiva factura. Y aguas con los descuentos y devoluciones!!!, porque la información no solamente se reporta conforme a la factura, sino conforme a CADA PRODUCTO FACTURADO.

Es decir, un inocente descuento por pronto pago, se tendría que prorratear por cada producto que integra la factura.OJO!

Creo que en SAT están muy mal de la cabeza...¿Porqué no han puesto un Contador al frente del SAT que sí sepa lo que piden a los contribuyentes...?

¿Alguien tiene alguna experiencia al respecto?

Saludos!
 
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danielk19
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