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12/Abr/14 13:08
pago provisional de arrendamiento

Buenos dias: tengo una duda, el articulo 116 para el pago provicional de arrendamiento dice
....el pago provisional se determinara aplicando la tarifa que corresponde a lo previsto en el tercer parrafo del articulo 106 de esta ley .....mi duda es cual es el tercer parrafo del 106 ...se sumara como base la tarifa del articulo 96 ... por que no se acumulan los ingresos, los gastos y pagos provisionales igual que hororarios o act empresariales si en la declaracion anual se acumula el total
 
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expontaneo
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13/Abr/14 13:06
Re: pago provisional de arrendamiento

El calculo de arrendamiento es distinto que el de actividades empresariales, tiene su tabla propio y se hace sobre lo efectivamente cobrado.
 

 
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carsen
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14/Abr/14 10:37
Re: pago provisional de arrendamiento

carsen: mi duda es entender el tercer parrafo de el pago provisional yo entiendo que es igual al pago de honorarios , pasando a otra cosa ya viste que ingresamos el mismo dia al forro un dia comento lo delas 'coincidencias' saludos
 
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expontaneo
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