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03/Abr/14 23:08
Persona física obligada a declarar ingresos por intereses ????

Buen día a todos los expertos del foro.

Solicito su amable ayuda para la siguiente situación:

Soy persona física con ingresos por sueldos y salarios.
Durante 2013 tuve ciertos ingresos por intereses en el sistema financiero.
Mis dudas son las siguientes:

1) Entiendo que aún está vigente el siguiente decreto: DECRETO DEL 30 DE MARZO DEL 2012 , donde se especifica que puedo optar por no declarar estos ingresos por intereses, dado que la institución financiera ya me retuvo el ISR correspondiente.
Dado lo anterior, ¿ es correcto si opto por no declarar este ingreso por intereses ?

2) En caso de que la respuesta a la anterior pregunta fuera 'no estás obligado a declarar el ingreso por intereses', entonces la pregunta es, ¿ puedo presentar mi declaración como 'Asalariados 2013' ? ¿ o tendría que ser forzosamente con el DeclaraSAT 2013 ? Cabe señalar que solamente en el DeclaraSAT 2013, en el apartado de Intereses, está la opción de 'optar por no declarar los montos percibidos de intereses'.

Muchas gracias por toda la ayuda que me puedan proporcionar.
Saludos,
 
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Nostradamus100
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03/Abr/14 23:44
Re: Persona física obligada a declarar ingresos por intereses ????

Hola nostradamus:

Solo hay que analizar la constancia que te envio el banco, INTERES NOMINAL, INTERES REAL, PERDIDA, RETENCIONES.

El interes real es el que se acumula a tus demas ingresos (acumulables).

El importe de la retenciones son superiores al Interes Real.....?, el año pasado fue muy malo casi te puedo asegurar que las retenciones en tu constancia del banco son superiores al Interes Real, Entonces estas retenciones no las quieres recuperar (hacienda le llama recunciar expresamente al acreditamiento)....?

Transitorio del decreto de facilidades adm del 26 de Dic 2013:

Cuarto. Los contribuyentes personas físicas obligados a acumular a sus demás ingresos los obtenidos por concepto de intereses en los términos del Título IV, Capítulo VI de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente hasta el 31 de diciembre de 2013, podrán optar por no manifestar en la declaración anual de 2013, los montos percibidos por dicho concepto, siempre que consideren como pago definitivo del impuesto sobre la renta, el monto de la retención efectuada por la persona que haya realizado el pago de dichos conceptos.
Los contribuyentes que ejercieron la opción a que se refiere el párrafo anterior deberán manifestar expresamente, en el campo que se establezca en la declaración anual correspondiente a dicho ejercicio, que eligieron dicha opción y con ello renuncian expresamente al acreditamiento que, en su caso, resulte del impuesto sobre la renta que les hubieran retenido las personas que les hubieran hecho el pago de dichos intereses.


saludos
 
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Cone34
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04/Abr/14 10:11
Re: Persona física obligada a declarar ingresos por intereses ????

Gracias Cone34 por tu respuesta,

Sin embargo todavía me quedan dudas,

Suponiendo que efectivamente, decido que quiero 'renunciar expresamente al acreditamiento' de estas retenciones.

¿ Puedo simplemente hacer mi declaración como 'Asalariados 2013' en línea ? al hacerlo así, en ningun lado estaría expresamente renunciando a acreditar las retenciones por intereses, simplemente no aparecerían en la declaración.

La otra opción que veo, es hacer la declaración via DelcaraSAT 2013, donde ahí sí explícitamente viene la opción de 'optar por no declarar los montos percibidos de intereses'

¿ Podría hacer la declaración como 'Asalariados 2013' sin mayor problema ?

Saludos,
 
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Nostradamus100
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04/Abr/14 23:01
Re: Persona física obligada a declarar ingresos por intereses ????

Hola nuevamente:

Para poder declarar los dos ingresos (salarios e intereses) debes de ocupar la declaración declarasat.

Si utilizas unicamente la declaracion de sueldos vas a omitir declarar los ingresos por intereses.

saludos
 
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Cone34
Capitán Primero

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