02/Abr/14 17:57
Re: como se genera el arch xml
Estimado,
Si generaste la hojita que da el sistema con los datos de facturación, no estás obligado a expedir dicho archivo de acuerdo a la regla que en seguida te copio, la cual da validez a los mismos.
Regla I.2.7.1.21. Para los efectos de los artículos 29, primer párrafo y 29-A, último párrafo, en relación con el artículo 28 del CFF,
los contribuyentes que utilicen la herramienta electrónica elaborada por el SAT denominada 'Sistema de Registro Fiscal',
'Mis cuentas', podrán expedir CFDI a través de dicha aplicación, utilizando la Contraseña del contribuyente.
A dichos comprobantes se les incorporará el sello digital del SAT y serán validos para deducir y acreditar fiscalmente
Los CFDI expedidos a través de la mencionada herramienta, podrán imprimirse ingresando a la página de Internet del SAT, en la opción 'Factura Electrónica'.
De igual forma, los contribuyentes podrán imprimir dentro del propio 'Sistema de Registro Fiscal', 'Mis Cuentas', los datos de los CFDI generados a través del mismo, lo cual hará las veces de la representación impresa del CFDI.
Asimismo,
los contribuyentes a quienes se expidan CFDI a través del Sistema de Registro Fiscal, obtendrán el archivo XML en la página de Internet del SAT, el cual estará disponible en la opción 'Factura Electrónica',
por lo que los emisores de tales CFDI no se encontrarán obligados a entregar materialmente dicho archivo.
Los contribuyentes que no opten por emitir los CFDI a través del sistema mencionado, podrán expedir los CFDI a través del 'Servicio de Generación de Factura Electrónica (CFDI) ofrecido por el SAT', o bien, a través de un proveedor de certificación de CFDI.
A los contribuyentes que ejerzan la opción prevista en esta regla, cuando se ubiquen en los supuestos del artículo 17-H, fracción X del CFF, les será restringido la emisión de CFDI´s conforme al procedimiento que se establece en la regla I.2.2.3., considerándose que se deja sin efectos el certificado de sello digital, y no podrán solicitar certificados de sello digital, ni ejercer la opción a que se refiere la regla I.2.2.4., o alguna otra opción para la expedición de CFDI establecida mediante reglas de carácter general, en tanto no desvirtúen o subsanen las irregularidades detectadas
Saludos,
Christian S.
'Por mi raza hablará el espiritú'