Hola
Hasta el año pasado había una facilidad para pagar impuesto de ISR en Arrendamiento hasta la declaración anual sin presentar pagos provisionales si no se rebasaba cierto ingreso. Para 2014 sigue igual?
No, para 2014 si la P.F. solamente tiene ese tipo de ingreso y no rebasa los 10 salarios mínimos del D.F. elevados al mes, la única facilidad es que en lugar de presentar la declaración mensual, ésta puede presentarse en forma trimestral:
LISR
Artículo 116…………..
Los contribuyentes que únicamente obtengan ingresos de los señalados en este Capítulo, cuyo monto mensual no exceda de diez salarios mínimos generales vigentes en el Distrito Federal elevados al mes, podrán efectuar los pagos provisionales de forma trimestral.
Saludos
'El optimista piensa que el realista es pesimista.
El pesimista dice que el realista es optimista.
El realista sabe que el optimista es idealista.'