06/Mar/14 20:38
Re: mandamiento de ejecucion de infonavit recibido 4 de febrero 2014
Hay criterios encontrados que no proceden las prescripciones por conceptos de amortizaciones por creditos hipotecarios del INFONAVIT. Ya que no son contribuciones, sin embargo si pudieran equipararse a creditos fiscales porque la LINFONAVIT asi lo menciona.
Pero lo que prescriben son las contribuciones segun el CFF y por las amortizaciones no se menciona que prescriban.
Desde mi punto de vista considero apropiado que no prescriban, pues son obligaciones nada que ver con contribuciones, que para esto si nace la figura de la prescripcion. Los patrones deben retener esas amortizaciones en cuyo caso se vuelven responsables solidarios.
A partir del 2014 la prescripcion se ira equiparando a 10 años paulatinamente
Si el contribuyente patron en este caso, aun y cuando no este en actividades no se le exhime la obligacion, le prevalece hasta el momento que se manifieste en el contrato hipotecario, pues por añadidura el propio patron se auto-obliga en adquirir estas obligaciones solidarias aun y cuando ya termine el contrato laboral o ya no exista empresa.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?