'...alguien sabe si debo generar CFDI por el pago de dividendos a los socios...'
Hola. Bienvenid@!!!
Si. Conforme al Art. 76 F-XI de la LISR, ya debe emitirse comprobante fiscal por este tipo de pagos... Pero, hasta dónde sé, a la fecha, falta su complemento:
Art. 76 LISR:
Los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en este Título, además de las obligaciones establecidas en otros artículos de esta Ley, tendrán las siguientes:
(...)
F-XI:
Tratándose de Personas Morales que hagan los pagos por concepto de dividendos o utilidades a personas físicas o morales:
(...)
b.- Proporcionar a las personas a quienes les efectúan pagos por los conceptos a que se refiere esta fracción, comprobante fiscal en el que se señale su monto, el impuesto sobre la renta retenido en términos de los artículos 140 y 164 de esta Ley, así como si éstos provienen de las cuentas establecidas en los artículos 77 y 85 de esta Ley, según se trate, o si se trata de los dividendos o utilidades a que se refiere el primer párrafo del artículo 10 de la misma. Este comprobante se entregará cuando se pague el dividendo o utilidad.
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27/Mar/14 17:15
Re: CFDI por pago dividendos
En lo que he leido el complemento es para sustituir la contancia de retenciones, sin embargo el comprobante de pago con CFDI si es una obligacion, igual para honorarios de miembros de consejo, pero tambien tengo la duda de como se genera creo que va a ser como egresos pero nos mas de ahi.