27/Feb/14 12:26
Re: clase riesgo en nomina
Hola Marifer:
Los arts del 70 al 79 de la LSS, se maneja la manera de como determinar la siniestralidad, en donde su procedimiento solo se manifiesta por contribuyente. Ya en el reglamento operaria por entidad economica. Pero como estaria reportando el oficinista y el electricista.
Si permanecen en la misma entidad economica, como podria Usted diferenciar la prima que le corresponderia. No son 2 centros de trabajo distintos. La ley previene que se realicen las determinaciones de siniestralidades. Le corresponde al patron contribuyente determinar cuantos centros o como organizarse administrativamente. Para posteriormente
proceder a la aplicacion de la LSS.
Pero si su organizacion es tan solo general y en un solo centro de trabajo, pues ya no es posible determinar 2 grados de siniestralidad y esto nada que ver el IMSS, es responsabilidad del patron la mejor manera de administrarse y posteriormente del cumplimiento de la LSS.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?