CFF
Artículo 32.- Las declaraciones que presenten los contribuyentes serán definitivas y sólo se podrán modificar por el propio contribuyente hasta en tres ocasiones, siempre que no se haya iniciado el ejercicio de las facultades de comprobación...
Artículo 32 CFF - Límite a declaraciones complementarias
Las declaraciones que presenten los contribuyentes serán definitivas y sólo se podrán modificar por el propio contribuyente hasta en tres ocasiones, siempre que no se haya iniciado el ejercicio de las facultades de comprobación.
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
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19/Feb/14 12:51
Re: COMPLEMENTARIA
Gracias, es que resulta que un asalariado no informo en su declaracion anual 2012 un prestamo hipotecario por mas de 600,000.00 (incluso ya le regresaron un saldo a favor de isr) y se pretende presentar complementaria para informarlo. gracias por su ayuda