29/Ene/14 22:34
Hola buenas noches, resulta que tengo un contribuyente que antes de que saliera el nuevo regimen estaba como REPECO, le cayo una revision x parte de finanzas ya que detectaron que no era un repeco ya que tenia ingresos mayores anuales a los 2 millones, considero que siendo p.f. pasaria de inmediato al regimen de actividad empresarial, comenta que hizo una sociedad para cuando ya se solvente su situacion de la revision se suspenda y seguir laborando con la sociedad, mis preguntas son las siguientes:
¿Hay un monto maximo de ingresos como persona fisica para que tribute en el regimen de actividad empresarial?, leyendo la ley en tal seccion no menciona ingresos maximos para estar dentro de ese regimen por lo que considero que puede tributar en ese.
¿En donde conviene mejor tributar en una sociedad o como persona fisica?
Si se decide por seguir tributando como P.F. ahora en actividad empresarial, ¿Puede dar de baja la sociedad? (la sociedad aun no esta dada de alta ante SAT)
Si fuera como P.M, estaria obligado a llevar inventarios ?(el negocio prepara comida para vender ahi en el nogocio o para llevar)
De antemano les agradezco sus comentarios, gracias.
Ayuda a tus semejantes a levantar su carga, pero no a llevarla.(Pitágoras)