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23/Ene/14 12:26
Puede un asalariado o pensionado estar en RIF?

Hola buenas tardes.

Espero me puedan ayudar.

Puede un asalariado, jubilado o pensionado tributar en el Regimen de Incorporación Fiscal?

Les agradezco mucho su ayuda
 
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yeny
Subteniente

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23/Ene/14 12:35
Re: Puede un asalariado o pensionado estar en RIF?

yeny:

El tema ya fue tratado,utiliza el BUSCADOR

Saludos
 
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MARIOORTIZ
Capitán Primero

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23/Ene/14 17:27
Re: Puede un asalariado o pensionado estar en RIF?

Buen día yeny, si puede regla I.2.5.8. último párrafo de la RMF para 2014
 
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grupoimper
Capitán Primero

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23/Ene/14 18:13
Re: Puede un asalariado o pensionado estar en RIF?

Re: Puede un asalariado o pensionado estar en RIF?

Buen día yeny, si puede regla I.2.5.8. último párrafo de la RMF para 2014


Nos podrias informar si has efectuado dicho movimiento??

En caso afirmativo compartelo en el foro ya que es de interes general para muchos de nosotros.

En caso contrario abstente de dar informacion fuera de la realidad

Si persiste tu duda efectua una consulta con los 'asesores' del SAT y nos compartes la respuesta
 
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MARIOORTIZ
Capitán Primero

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23/Ene/14 18:32
Re: Puede un asalariado o pensionado estar en RIF?

Nos podrias informar si has efectuado dicho movimiento??

En caso afirmativo compartelo en el foro ya que es de interes general para muchos de nosotros.

En caso contrario abstente de dar informacion fuera de la realidad

Si persiste tu duda efectua una consulta con los 'asesores' del SAT y nos compartes la respuesta


Concuerdo totalmente con usted colega;

ademas es errónea su apreciacion Grupoimper, ..me podria indicar si el pensionado o asalariado es una actividad empresarial?



Saludos
 
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GOrnelas
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24/Ene/14 14:09
Re: Puede un asalariado o pensionado estar en RIF?

Hola:
RIF es solamenta para crontribuyentes que tengan actividad empresarial y que no tengan ningun otro ingreso. Lo han estado diciendo en las videoconferencias del SAT
Si tributabas como pequeño contribuyente y eres asalariado o cobras comisiones o eres socio de alguna empresa, o tienes cualquier otro ingreso no podrás tributar en este régimen.
 
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SofiaAlta
Cabo

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24/Ene/14 16:42
Re: Puede un asalariado o pensionado estar en RIF?

Hola a todos, mi respuesta fue en el sentido de q un asalariado pueda ademas tener actividad empresarial, y si puede de acuerdo a la regla mencionada, no entiendo la agresión a mi comentario. Creo q el foro es precisamente para q todos opinemos y si no están de acuerdo pues solo será una opinion más.

Yeny, entendí tu pregunta en el sentido de q puedan los asalariados ADEMAS tener actividad empresarial, si tu pregunta era si solo tengo salarios tributar en el RIF, definitivamente no se puede.

Salu2 a todos.
 
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grupoimper
Capitán Primero

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24/Ene/14 20:12
Re: Puede un asalariado o pensionado estar en RIF?

Hola Buenas noches

veamos que dice la ley del ISR

RÉGIMEN DE INCORPORACIÓN FISCAL
Artículo 111. Los contribuyentes personas físicas que realicen únicamente actividades empresariales, que enajenen bienes o presten servicios por los que no se requiera para su realización título profesional, podrán optar por pagar el impuesto sobre la renta en los términos establecidos en esta Sección, [u]siempre que los ingresos propios de su actividad empresarial obtenidos en el ejercicio inmediato anterior, no hubieran excedido de la cantidad de dos millones de pesos.
[/u

aver si dice que realicen unicamente Actividades empresariales, y salarios no es una actividad empresarial entonces concluimos que no es posible.
 
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gigantemente
Sargento Primero

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25/Ene/14 13:31
Poderse conforme a disposiciones fiscales en vigor se puede, hacerlo es otro cuento...

A mi ver el compañero Grupoimper a otorgado el fundamento por el que se puede; '... si puede regla I.2.5.8. último párrafo de la RMF para 2014'

Pregunta a la iniciadora del tópico y a los que no coinciden con su respuesta, ¿Ya dieron lectura al fundamento ofrecido por el compañero?

Ahora bien debo comentar lo siguiente, en mi particular percepción coincido con la opinión del compañero Grupoimer, SI se puede, esto conforme a las disposiciones fiscales en vigor, particularmente la ya referida regla, pero... Una cosa es lo que las leyes, reglamentos o resoluciones contemplas que se puede hacer y otra muy distinta lo que la autoridad esta permitiendo que realicemos. Al intentar hacer lo que se comenta la plataforma del SAT simplemente no lo permite... sin que por no permitirlo quiera decir que es lo correcto y cuente con fundamentos para ello.

¿Por qué no lo permiten?, quiero pensar que por ignorancia, dar por sentado que ni ellos mismos saben lo que aprobaron o permitieron. La regla que se menciona en el párrafo que se cita es clara y no deja lugar a dudas o interpretación alguna.... ¿Ya la leyeron?, ahora la pregunta no es a los foristas si no a las autoridades.

En lo particular no entiendo y no encuentro razones validas o viables para no permitir la combinación de percepción de ingresos o claves activas en el rfc, ¿En base a que la autoridad hace la obstaculización?, equivale a decirle a un trabajador que por las noches decide iniciar un negocio de venta de hamburguesas que no puede... que ni piense en ser emprendedor, que debe conformarse con solo percibir sueldos... No puede ser la idea de un gobierno desalentar a potenciales empresarios. En el ejemplo cito a un trabajador que quiere o necesita vender hamburguesas para progresar, pero puede ser venta de cualquier cosa. Igual de absurda encuentro la prohibición del RIF a los que sean socios o accionistas, ya que es no reconocer que en el país una buena cantidad de empresas están integradas (en las actas) por familiares y que igualmente un gran porcentaje de esos socios no perciben dividendos, es decir, no tienen ingresos... y que si los tuvieran, ¿En qué afecta el que puedan ser RIF?, podían ser repecos antes sin problema, ¿Por qué ahora no pueden ser RIF?.

En fin, conclusión personal, la regla que ya aporto el compañero Grupoimper fundamenta la posibilidad de hacer lo que se plantea como duda central de este mensaje, sin embargo la autoridad y su plataforma al momento se han encargado de decir que No es posible o mejor dicho, de hacerlo imposible.

Me parece que es prudente esperar a que la autoridad modifique su postura, anda rondando el rumor de que ya en juntas de síndicos la autoridad a dicho que SI es posible y que pronto van a pronunciarse al respecto, puede que solo sean rumores, pero igual puede que lleven algo de cierto... esta por difundirse el supuesto pacto fiscal o tributario, yo espero aprovechen y dejen en claro el tema. Si no lo quieren permitir, tan simple como que modifiquen la regla por ellos publicada que lo permite.

saludos
 
sos al sos
 
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sosgtorreon
Teniente Coronel

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25/Ene/14 16:36
Re: Puede un asalariado o pensionado estar en RIF?

Puede un asalariado, jubilado o pensionado tributar en el Regimen de Incorporación Fiscal?


Mi estimado sosgtorreon no coincido con tu apreciacion,DESDE MI PUNTO DE VISTA el ultimo parrafo de la citada regla se refiere especificamente al REGIMEN INTERMEDIO Y AL REPECO.

Tan es asi que como bien mencionas la plataforma del SAT NO PERMITE la combinacion de otro regimen con el RIF,coincido plenamente;en que como mencionas,es injusta para los contribuyentes con diferentes tipos de Ingresos pero mientras exista la imposibilidad de combinar el RIF con otro Regimen Fiscal la respuesta al topico es:

NO PUEDEN TRIBUTAR EN EL RIF


Saludos

Editado: Enero 25, 2014 17:15:47
 
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MARIOORTIZ
Capitán Primero

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