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21/Ene/14 20:30
alta obra construcción por empresa no constructora

Hola compañeros del foro,

Tengo una duda, una empresa que no se dedica a la construcción celebró un contrato de construción en el que se estipula que se debe hacer cargo de las obligaciones ante el IMSS.

Mi duda es ¿se debe dar de alta un registro patronal para efectos de ésta construcción o se puede hacer con el registro patronal que ya se tiene?

Ademas, algunos trabajadores son los mismo de la empresa o sea que no están registrados como trabajadores de la construcción, ¿cómo modifico esta situación?

Debo aclarar que no se trata de una constucción en sí, más bien es una remodelación de un área de alberca donde se requiere trabajadores especializados en la instalación de albercas, por este motivo este trabajo lo realizan ellos mismos. Sin embargo, en el contrato se pide el alta del proyecto como si fuera una construcción.

Agradezco sus comentarios.
 
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gabyQ
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22/Ene/14 12:45
Re: alta obra construcción por empresa no constructora

Lo primero que tienes que definir es si se utilizaran trabajadores por obra o tiempo determinado, para definir si le aplica el reglamento de los trabajadores de la construcción. En dicha normatividad se encuentra también la definición de:
Obra de construcción: cualquier trabajo que tenga por objeto crear, construir, instalar, conservar, reparar, ampliar, demoler o modificar inmuebles, así como la instalación o incorporación en ellos de bienes muebles necesarios para su realización o que se le integren y todos aquellos de naturaleza análoga a los supuestos anteriores.
Si solo empleas trabajadores permanentes, tienes que abrir un registro patronal especialmente para los trabajadores de la construcción, y darlos de baja del reg. Patronal de la actividad normal.
Si contratas trabajadores por obra o tiempo determinado, además debes llenar y presentar los formatos SATIC. Saludos y suerte
 
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EpiHC
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22/Ene/14 13:20
Re: alta obra construcción por empresa no constructora

Hola EpiHC,

Gracias por responder.

Efectivamente se contrataron trabajadores de la construcción aparte de los de la empresa. Y también tenemos que enviar todos los SATIC por eso mi duda si podría hacerlo con el registro patronal actual o dar de alta otro que sea para este proyecto.

Gracias y que tengas buen día.
 
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gabyQ
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24/Ene/14 09:40
Re: alta obra construcción por empresa no constructora

Efectivamente tienes que tramitar un registro patronal nuevo con actividad de costrucción, ya que ási lo establece la disposicion legal, ya que ademas las actividades son distintas y las primas de riesgo podrian ser diferentes. Te sugiero que todos los trabajadores de la construccion coticen en el nuevo registro, ya que al terminar la obra el IMSS calculará la razonabilidad de tus pagos, y al encontrar que son insuficientes porque algunos trabajadores cotizaron en el otro registro patronal, seguramente te solicitará la regularizacion de la obra.
 
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EpiHC
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24/Ene/14 12:21
Re: alta obra construcción por empresa no constructora

una empresa que no se dedica a la construcción celebró un contrato de construción


De inicio comenta que la compañia no es constructora. Debe vigilarse el acta constitutiva si se le permite realizar este tipo de actividades, de no ser asi se comience con la modificacion correspondiente para su constitutiva. Estarian realizando operaciones ilicitas de no hacerlo, las cuales les traeria varias consecuencias

¿se debe dar de alta un registro patronal para efectos de ésta construcción o se puede hacer con el registro patronal que ya se tiene?


Si debiera realizar la modificacion de la calificacion de grado de riesgo, pues ya incremento una nueva actividad riesgosa.



Ademas, algunos trabajadores son los mismo de la empresa o sea que no están registrados como trabajadores de la construcción, ¿cómo modifico esta situación?


¿Que a caso no es mas sencillo contratar personal calificado para ese fin? Le ocasionaria mayor calidad del servicio recibido y menores accidentes de trabajo. No me explico un oficinista de obrero. Incluso su rendimiento laboral nada que ver.

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si fuese ocasional esta actividad mejor contraten una constructora y quitece todo lo anterior, solo vigile el contrato, inscribalo en el IMSS y el constructor corre por las obligaciones que le preocupa, sin embargo tambien vigile los pagos de las COP
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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24/Ene/14 12:41
Re: alta obra construcción por empresa no constructora

Hola compañeros,

Enrique, solo te aclaro que los trabajadores que de la empresa que están trabajando en este proyecto no son oficinistas, son empleados especialistas en la instalación hidráulica.

Todo lo relacionado con la construcción y el IMSS es complejo y delicado, queremos hacer bien las cosas por eso pregunto y estoy investigando cómo proceder.

Les agradezco todos sus comentarios han sido muy valiosos para mi.

Gracias y que tengan buen día!
 
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gabyQ
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24/Ene/14 12:58
Re: alta obra construcción por empresa no constructora

Hola buenas tardes Gaby

Mi intension no fue la de afirmar que fueran oficinistas, simplemente era un ejemplo de que pasa si alguien hace el trabajo que no es compatible a su oficio o funciones.

Tampoco dije que mencionaste esa aseveracion o que fuera erronea. Fue solo una ilustracion, de como alguien pudiera mas facilmente accidentarse, por no estar capacitado para desempeñar 'x' trabajo.

Suerte con tu proyecto que todo salga bien.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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