20/Ene/14 03:22
Re: ARRENDAMIENTO 11% O 16%
El comprobante debe tener fecha del ejercicio en que se pagaron las rentas.
Y si deben hacerse a nombre de la persona fallecida, pues el contrato se aplico a esta persona y el contrato prosigue aun fallecida la persona, incluso bajo las mismas clausulas y se prorrogaria mientras no exista nuevos dueños, ya ellos pudieran considerar realizar las acciones para dar por terminado el contrato de arrendamiento con aviso de dos meses de anticipacion
La tasa del IVA procede segun la vigencia de la misma, y conforme a los pagos. Si realizaron los pagos durante 2013 pues la ley tiene vigencia por todos los dias del año sin excepcion. La vigencia por emision de comprobantes con fecha del 2013 dan una prorroga de 10 dias habiles. Pero resulta que en arrendamiento se acumula conforme al cobro,se deducen conforme al pago, es decir en sus fechas correspondientes y el comprobante debe contener la misma fecha, o en el mejor de los casos contar el mismo mes en que se pago o cobro la renta, acumularse y deducirse en ese misma fecha, sin importar que ya se hubiera devengado la renta.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?