17/Ene/14 12:26
Ley Antilavado, arrendamiento de inmueble, duda
Me surgió la siguiente duda., Arrendador, que arrenda a una empresa cuatro locales, la suma de los cuatro locales de manera mensual si pasan el tope para dar aviso, pero de manera indivudual no llega ni al límite para tomar datos ¿se debe de avisar sumando todos los locales? o no se avisa, y que es por inmueble
La duda me surgió al momento de llenar la plantilla de excel, donde me pide los datos del inmueble en renta, ya que solo me da opción a un solo inmueble
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bandido07
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17/Ene/14 13:34
Re: Ley Antilavado, arrendamiento de inmueble, duda
Buena tarde:
El artículo 31 del REGLAMENTO de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, dispone lo siguiente:
Artículo 31.- Se entenderá por valor mensual, para efectos del artículo 17, fracción XV, de la Ley, al monto de la renta o precio por el uso o goce temporal del bien inmueble arrendado en un mes calendario.
En caso de que el pago de la renta o precio del arrendamiento se pacte en una periodicidad distinta a la mensual, quien realice la Actividad Vulnerable deberá efectuar el cálculo correspondiente para efectos de determinar el valor mensual referido en el párrafo anterior.
Mi estimado, ...indica bien inmueble, en singular…
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a_cano
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17/Ene/14 13:53
Re: Ley Antilavado, arrendamiento de inmueble, duda
gracias a_cano, es es mi punto de vista, además, que el mismo sistema solo te pide datos de un bien inmueble
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bandido07
Capitán Primero
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18/Ene/14 19:57
Re: Ley Antilavado, arrendamiento de inmueble, duda
Lo debes hacer por cada cliente. Si los cuatro locales te los renta el mismo cliente pues tendrás que dar aviso.
También tendrás que dar aviso (que creo es tu caso) si la renta mensual de cada cliente acumulada en un semestre sobrepasa el límite de 216,000 pesos
De todas formas deberas crear un expediente a tus inquilinos y dar avisos en cero los meses que no acumules o no tengas actividades vulnerables.
Saludos.
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mdelatorre
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