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16/Ene/14 10:04
MULTAS

Buen día, espero puedan orientarme. Tengo un cliente que en su momento fué REPECO y que ha cumplido en tiempo y forma con el pago de sus impuestos. En diciembre le llegó una multa solicitando el pago de un bimestre omitido, acudo y presento el comprobante de pago pero me indican que la multa se tiene que pagar ya que el requerimiento no fué atendido en el tiempo que la autoridad señaló. Pregunta. Se tiene que atender un requerimiento producto de errores administrativos de la propia autoridad, es decir, si mi cliente cumplío con el pago oportuno tiene que absorver la muta??? y si no fuera así cómo puedo apelar?

Gracias. Saludos.
 
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MEGL
Cabo

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16/Ene/14 13:26
Re: MULTAS

Hola te comento algo que de alguna manera a mi me paso me llego un requerimiento solicitandome una obligacion omitida pues bien no hubo que pagar nada ya que si lees bien hay una leyenda al final del requerimiento que dice [b]'si usted ya cumplio con las obligaciones arriba señaladas antes de recibir este requerimiento, favor de hacer caso omiso al contenido del mismo, en caso contrario, debera realizar su pago en el banco, o presentar la declaracion que corresponda, utilizando para su comodidad la oficina virtual en la pagina del sat'.[/b]

Esto me ayudo pues cuando me llego el requerimiento ya habia pagado la obligacion que omiti, pero si tu presentaste la(s) obligaciones despues de que te llego el requerimiento siento decirte que si procede la multa.

Tambien vale la pena que nos aclares si el requerimiento te llego por medio del sat porque si fue por la autoridad local la que te requirio y no te presentaste para hacer la aclaracion en el plazo que te señalo en su documento a mi parecer tambien procede que pagues la multa.

Por ahi se que si hay un recurso para la condonacion y disminucion de multas ante el sat lastima que no tengo el argumento a la mano pero si lo encuentro lo publico para que lo tengas.

Saludos
 
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Dark18
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16/Ene/14 14:24
Re: MULTAS

Gracias, efectivamente la autoridad que requiere es la Secretaría de Finanzas y el documento no indíca otra alternativa más que acudir a Izazaga 89 a solventar el requerimiento, tengo alguna manera de evitar la multa?

Saludos.
 
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MEGL
Cabo

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16/Ene/14 14:40
Re: MULTAS

No debe de haber multa, checate el cff y te darás cuenta que fué un pago espontáneo pero extemporáneo,

finanzas de cada estado o municipio tiene sus 'ideas', trata de aclararlo a un nivel mas arriba
 
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bandido07
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