Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
20/Dic/13 13:49
¿Confusiones nuevamente de pagos en parcialidades?

Hola, aquí con la duda.
Se le hizo una venta de una operación de un bien mueble, como el bien cuesta un millón, se le va a facturar el anticipo del 60% que corresponde al material.
Se le va a facturar de la siguiente manera:

1 No aplica unidad de Medida Anticipo del 60% a bien mueble Importe mas Iva

y Pago en parcialidades

Mi duda es que el cliente quiere que le ponga en una sola exhibición porque así se va a pagar la Factura, pero le comento que la Forma del pago no son sobre los pagos hechos a Factura, si no sobre el acto u operación realizada, el acto tiene un importe mayor del que esta pagando y están efectuando una parcialidad.

En mi opinión es la forma correcta.

Agradezco sus comentarios.
 
Perfil

cpallares
Capitán Primero

Mensajes: 875
Ingresó: Marzo 08, 2012
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
24/Dic/13 10:22
Re: ¿Confusiones nuevamente de pagos en parcialidades?

Estimado,

Le recomiendo la lectura al artículo 29-A del CFF, Fracción VII inciso b).

Me parece que está en un error respecto a la emisión de sus facturas, dicho artículo indica que se debe emitir un comprobante por el total de la operación y comprobantes adicionales por cada parcialidad.

De lo anterior podría decir que se emite una factura por el 100% que indica parcialidades, si emite una factura pago del 60% esa y las siguientes son en una sola exhibición.

Saludos,
 
Christian S. 'Por mi raza hablará el espiritú'
 
Perfil

cdsantoyo
Teniente

Mensajes: 343
Ingresó: Marzo 12, 2013
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
26/Dic/13 14:30
Re: ¿Confusiones nuevamente de pagos en parcialidades?

Gracias cdsantoyo por tu respuesta.
Felices fiestas, mis mejores deseos para este año 2014.

Igualmente aprovecho la ocasión para desearles a todos los Foristas ¡¡Feliz Navidad y próspero año nuevo, y lo mejor de lo mejor hoy y todos los días!!, Que se la pasen muy bien en compañía de sus seres queridos....

Prosigo con mi duda, ya que surge porque en un tópico anterior de hace tiempo

https://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=46941&idCat=10&p=1#280991

encontre que en una devolución de iva fue rechazada porque las facturas tenían la leyenda pagos en una sola exhibición, siendo anticipos de un contrato o una operación, entonces he ahí que en virtud de lo anterior las leyendas de la forma en que se paga y que se expresa en la factura deduje que se basa en la operación de la compra-venta y no la forma que se paga el comprobante Fiscal qué es la Factura y nuevamente con las operaciones vulnerables todo se basa en el acto o la operación.

Entonces he ahí que por eso estoy confundida, porque en la lectura del artículo habla de la contraprestación, entonces cuál es lo que define la forma de pago que se expresa en el comprobante Fiscal, Es la Factura ó El acto u operación qué es la compra-venta que esta en el presupuesto o contrato que se celebra.

Gracias, gracias por todo.

Saludos...
 
Perfil

cpallares
Capitán Primero

Mensajes: 875
Ingresó: Marzo 08, 2012
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
26/Dic/13 16:02
Re: ¿Confusiones nuevamente de pagos en parcialidades?

si mencionas que hay un contrato por esa operación y se pacta pagar una parte ( 60% ) y despues la otra, estamos ante un pago en parcialidades y se debe de proceder como te orienta santoyo
 
''CANEK DIJO: - CUANDO VINO LA PALABRA, NO VINO SOLA; VINO ACOMPAÑADA DE SU ECO''
 
Perfil

arturoherrera77
Capitán Segundo

Mensajes: 390
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1