17/Dic/13 17:24
Fecha de pago de un CBB posterior a su fecha de vencimiento
Buenas tardes,
El día de hoy recibí un comprobante con código de barras, con fecha de emisión de unos días antes (2 días) de que venza la autorización de vigencia de 2 años del CBB. El detalle está que en la empresa no se hacen pagos al momento de la recepción del CBB, sino que entran a revisión y se pagan con posterioridad, es decir, que cuando se realice el pago (2 semanas despúes) el CBB ya habrá caducado.
¿Lo podré hacer fiscalmente deducible? . Ya que a fuerza se tiene que pagar con cheque ya que el importe es mucho mayor a los $2,000.00 pesos y no puedo argumentar que lo pague en efectivo el mismo día que lo recibí.
Gracias
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puertogone
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17/Dic/13 23:22
Re: Fecha de pago de un CBB posterior a su fecha de vencimiento
Hola Puertogone,
Lo importante es que cuando te expidieron el comprobante, estaba vigente.
Y como lo pagará en el corto plazo, pues no existe problema alguno.
Fund. Inciso b) de la Fr. I del 29 B CFF.
Espero que mi comentario, sea de tu utilidad.
Saludos y buena suerte.
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ngm
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18/Dic/13 11:17
Re: Fecha de pago de un CBB posterior a su fecha de vencimiento
De acuerdo, ngm, esa fracción menciona la vigencia del comprobante y su utilización, pero no dice que tiene que estar EFECTIVAMENTE PAGADO O NO al momento de terminar su vigencia para ser valido fiscalmente, esta es en realidad mi duda.
Ademas este tipo de comprobantes tiene una leyenda que dice 'Efectos fiscales al momento del pago...'
Cuando yo lo pague estará fuera de vigencia.
Gracias y saludos
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puertogone
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18/Dic/13 11:50
Re: Fecha de pago de un CBB posterior a su fecha de vencimiento
Si la que expide el CBB y la que lo recibe son personas morales no le veo problemas en la caducidad..
Si la que expide es PM y recibe persona física.
si la que expide es PF y recibe PF.
si la que expide es PF y recibe PM..
en estos casos el comprobante ya esta caduco para efectos fiscales..
bueno ese es mi punto de vista..
MLUNA.
Comparte tus conocimientos. Es una manera de lograr la inmortalidad.
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mluna
Capitán Primero
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18/Dic/13 12:03
Re: Fecha de pago de un CBB posterior a su fecha de vencimiento
Expide una PF y la recibe una PM
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puertogone
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18/Dic/13 15:30
Re: Fecha de pago de un CBB posterior a su fecha de vencimiento
Hola nuevamente Puertogone,
D e acuerdo, ngm, esa fracción menciona la vigencia del comprobante y su utilización, pero no dice que tiene que estar EFECTIVAMENTE PAGADO O NO al momento de terminar su vigencia para ser valido fiscalmente...
Exacto Puertogone.
El comprobante cumple con los requisitos previstos en el CFF.. Estos son los que prevalecen.
La leyenda que comentas, no es requisito indispensable del comprobante fiscal de una PF.
Lo único que podría afectar la deducibilidad y en su caso, el acreditamiento del IVA del pago, es que entre la fecha que tiene tu comprobante y la fecha en que se cobre el cheque exceda de 4 meses.
Fund. Art. 39 del RLISR.
Espero que mi comentario, sea de tu utilidad.
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ngm
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18/Dic/13 17:30
Re: Fecha de pago de un CBB posterior a su fecha de vencimiento
Buenas tardes...
TERCERO TRANSITORIO.- A partir del 1 de enero de 2012, las disposiciones que establece el Código Fiscal de la Federación en materia de comprobantes fiscales prevalecerán sobre aquéllas que en materia de comprobantes fiscales se establecen en las leyes fiscales federales, sin que los aspectos diversos a los requisitos de los comprobantes fiscales se alteren por las disposiciones del presente Decreto.
El CFF prevalece sobre la LISR.
Saludos
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GOrnelas
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19/Dic/13 10:53
Re: Fecha de pago de un CBB posterior a su fecha de vencimiento
Pues muchas gracias ngm, miuna y gonelas.
Excelente. Me queda claro, les agradezco y con esto doy por cerrado el topico
Saludos y Feliz Navidad...
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puertogone
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