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28/Nov/13 10:56
¿Donativos en forma ascendente y descendente?

Hola, que tal
Les expongo una duda.
Generalmente en una sociedad Civil, persona moral, los socios reciben anticipo a rendimientos.
Se elabora el recibo y el pago correspondiente en cheque, pero este no contiene ninguna leyenda para abono en cuenta, ya que, internamente los socios como son hermanos e hijos, endosan su cheque y se lo donan a su mamá.

Estas cantidades depositadas a la cuenta de la Señora, quien es contribuyente como persona física bajo un régimen, no son informadas en la declaración anual como donativos, aún cuando rebasan el importe límite establecido que son $ 600,000.00 anuales art. 106 lisr.

Es decir, la mamá es la que controla y administra todos los ingresos de ellos sus 4 hijos.

Toda esta situación es estrategia y asesoría fiscal externa, en la cual estoy limitada.

Sin embargo, mis dudas son las siguientes:

Sé que los donativos son exentos puesto que son en línea ascendente y se pueden declarar sin ningún problema.

Mi duda es, las cantidades son fuertes ¿Cuál es el importe mínimo por el cual no esta obligado a notariar?, ya que, ellos pueden donar, pero arriba de un importe se debe acudir al notario, pero no se cual es la cantidad.

Sé que también al donar en forma ascendente éste no debe enajenar y a su vez donar o regresar el dinero de la misma forma aunque sea descendiente, ni diciendo yo te lo cuido y después te lo regreso, no, porque así como en principio se toma como donación ella no puede regresarlo de la misma forma.

Mi otra duda, es que el cheque atrás lleva una leyenda donde transmiten la propiedad del pago, y según eso es suficiente, pero me gustaría si me pudieran dar su opinión y experiencia sobre este tipo de actos ya que me preocupan porque en el 2014, los depósitos bancarios van a estar mas regulados, sobre todo con la obligación de llevar la contabilidad en internet.

También tengo entendido, que cualquier padre que done a sus hijos o viceversa, etc., éstos depósitos deben ser manifestados como donaciones en las declaraciones sin importar cantidad, ya que el sistema financiero va a estar muy regulado, y lo que antes se hacía una práctica muy común pues en estos tiempos va a ser diferente.

Gracias.



Editado: Noviembre 28, 2013 10:58:02
 
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cpallares
Capitán Primero

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01/Dic/13 15:57
Re: ¿Donativos en forma ascendente y descendente?

LOS DONATIVOS MAYORES DE 5,000.00 DEBERAN SER ANTE NOTARIO PUBLICO, EL FUNDAMENTO ESTA EN EL CODIGO CIVIL, PERO NO RECUERDO EL ARTICULO, SERIA CUESTION DE BUSCARLO, PERO ASI ES, OJALA TESIRVA........
 
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profyh
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02/Dic/13 11:10
Re: ¿Donativos en forma ascendente y descendente?

Muchísimas gracias profyh, eso quería sabe exactamente confirmar que eran los $ 5,000.00, y como en la ley de isr no encontraba el fundamento del tope, pero con ésto yo lo busco, te agradezco mucho.

Por otro lado, también me quedo con la duda, porque leí un artículo donde dice que se puede hacer un contrato de donación sencillo únicamente para formalizar un poco el donativo y que en una revisión éste sea considerado tal cual es un donativo y no un ingreso, sin embargo no se hasta que punto el sat lo considere ingreso si no está notariado, si al contar con el contrato ya sería prueba suficiente de que es donación.
 
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cpallares
Capitán Primero

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03/Dic/13 00:35
Re: ¿Donativos en forma ascendente y descendente?

Buena noche:

Estimad@, palllares, me lllama la atención lo que comenta:

...Se elabora el recibo y el pago correspondiente en cheque, pero este no contiene ninguna leyenda para abono en cuenta, ya que, internamente los socios como son hermanos e hijos, endosan su cheque y se lo donan a su mamá...


En mi opinión se está pasando por alto uno de los requisitos establecidos en el quinto párrafo, de la fracción III, del artículo 31 de la LISR, es decir, los cheques nominativos deben contener la expresión 'para abono en cuenta del beneficiario', por lo tanto, dichas erogaciones no son deducibles.

Saludos

Editado: Diciembre 03, 2013 00:37:15

Editado: Diciembre 03, 2013 00:47:11
 

 
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a_cano
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03/Dic/13 10:47
Re: ¿Donativos en forma ascendente y descendente?

Efectivamente el cheque debe ser nominativo, el cual no podría depositarse directamente en forma ascendente, sin embargo, esa situación fue proyectada por un asesor fiscal externo.

Solo que no siendo especialista en materia fiscal, ni abogada fiscal, etc. quiero encontrar el fundamento legal, o explicación que soporte el movimiento realizado, porque aún cuando hay otros fiscalistas y abogados externos que asesoran a las Empresas, y de manera individual como personas físicas, es mi deber plantearles los cambios que se avecinan y sus pro y contras, sus beneficios y consecuencias, independientemente de que sus decisiones se basen en la asesoría externa, considero que deben saber o ir con conocimiento.

Me ha tocados asesores y abogados fiscalistas, que asesoran sin fundamento y principios legales. Solo le dan al cliente lo que quiere y sacan provecho de ello, al cabo como bien se dice, el riesgo siempre es del contribuyente, en mi experiencia ya me ha tocado corregir esas barbaridades, afortunadamente siempre se cumple en tiempo y forma.

Este es un gran foro de fiscalistas, maestros en la materia, que comparten conocimientos y experiencia y dan el soporte y fundamento legal y sobre todo de forma incondicional, y doy gracias por ello, y espero aclarar mis dudas y comprender un poco mas sobre el tema fiscal, ya que recibo indicaciones aportadas por personas externas, como comento, y que por mi falta de conocimiento fiscal a veces no las comprendo o bien no puedo emitir opinión.

Gracias por sus comentarios.
 
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cpallares
Capitán Primero

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