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27/Nov/13 11:35
¿Deducciones de las personas físicas con la nueva Reforma?

Una duda, para el próximo año las personas físicas que quieran deducir sus gastos personales como gastos médicos, hospitalarios, dentales etc., para poder deducir ya no se hará el pago en efectivo, si no en cheque o transferencia de una cuenta del contribuyente.

Solamente liberan el requisito si son en zonas rurales o poblaciones sin servicios financieros.

Y también que la deducción la van a limitar a lo que resulte menor de 4 salarios mínimos elevados al año o al 10% del total de los ingresos incluyendo los ingresos exentos, es decir, podrás deducir la cantidad que resulte menor.

Es decir, aparte de que nos límitan la deducciones personales ¿También nos limitan la forma de hacerlo, qué es la forma de pago?

¿Con esto ya no habrá saldos a favor, ahora sí todos pagan?

De lo contrario se considerara discrepancia fiscal.
 
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cpallares
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27/Nov/13 11:48
Re: ¿Deducciones de las personas físicas con la nueva Reforma?

Asi es, a lo mas que andamos aspirando de tener saldo a favor se va a limitar como a 28,000-30,000 (que es el 30% de 94,000).

Se acabaron aquellos saldos a favor mas grandes.
 
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Alan_h14
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27/Nov/13 12:22
Re: ¿Deducciones de las personas físicas con la nueva Reforma?

Gracias Alán por tu comentario, nada mas agregando a lo que dices que el saldo a favor se va a limitar a un % de los 94,000.00, me persiste la duda, porque había entendido que ya no va a haber saldos a Favor.

Por ejemplo:

Tienes ingresos de $ 100,000.00

y tus deducciones no pueden ser mayores a tus ingresos, por un lado y por otro a esas deducciones se le va a aplicar los 4 salarios mínimos elevados al año ó la tasa del 10% a tus ingresos.

Entiendo que es así, el 10% de tus ingresos serían 10,000.00 como $ 10,000.00 es menor a los $ 94,000.00 (aprox. de los 4 sm elevados al año), entonces ésto es lo que te vas a deducir, o bien si tus deducciones son exageradas, bueno tu tope son los $ 94,000.00 ahora bien, los $ 94,000.00 según no deben ser mayores a los ingresos que percibiste durante el año.

Entonces con esos cálculos no tendrás saldo a favor.

Por eso persiste mi duda, pero que bueno que comentas para saber que existen posibilidades y a su vez aclarar las dudas, porque con todo estos cambios ya hay mucha confunsión y diferentes interpretaciones, y gracias a sus comentarios todo queda debidamente aclarado.
 
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cpallares
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27/Nov/13 12:54
Re: ¿Deducciones de las personas físicas con la nueva Reforma?

Bueno cpallares, yo mas que nada me referia a peronas asalariadas, por eso te comentaba ese saldo, pero queda claro que saldos a favor va a seguri habiendo, pero no tanto como antes y yo pongo ese limite multiplicando los 94,000 por el 30%.

Un asalariado que no mete deducciones durante el ejercicio y si la empresa le va calculando de manera correcta el pago, al meter en su declaracion anual deducciones personales por estos 94,000 (supongamos que gana 1'000,000 al año) de manera automatica le va a dar un saldo a favor por la diferencia que debe de andar rondando los 28,000 que comentaba en el post anterior. En anios pasados y sin la restreccion del monto, habia devoluciones de 50,000 o hasta 70,000 lo cual ya no se va a poder dar.

De igual manera, una persona con actividad empresarial puede seguir teniendo saldo a favor para devolver al final del ejercicio, si su actividad mes con mes va pagando ISR porque tiene utilidad, y de igual manera viene en la declaracion anual y metes esta deduccion personal por 94,000 (digamos igual que gana mas del 1'000,000) le va a quedar mas o menos el mismo saldo a favor que te comentaba en el ejemplo anterior, no hay discrepancia fiscal ni nada porque sigues teniendo utilidad, y recordar que este concepto de discrepancia fiscal es hasta que la autoridad te lo descubra y puedes alegar, por ejemplo, si en 2013 tuviste una utilidad muy fuerte de 6'000,000 de pesos, y en 2014 te lo gastas todo esto y 2014 te queda perdida, puede ser que si la autoridad se da cuenta te mande a llamar por esto de la discrepancia fiscal, pero si se explica que es de la utilidad del anio pasado, pasa, te lo garantizo.

Como puedes ver, de por si no le gustaba devolver saldos a favor de ISR al SAT, pues ahora menos, ese va a ser el limite al que aspiras, aun y cuando tengas mas deducciones, y aun y cuando sean reales.

En fin...
 
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Alan_h14
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