19/Nov/13 12:11
Hola muy buenos días, aprovecho para presentarme soy Alberto y soy nuevo en la comunidad, vengo aquí a solicitar su apoyo.
Llegó un oficio del IMSS donde menciona que 'en términos del Art. 17 fracción segunda de la Ley del Seguro Social'.... y cita el PARRAFO segundo (dado que el Art. 17 no tiene fracciones).
Y derivado de que no fue localizado el domicilio reportado ante el instituto nos solicitan que en 5 días hábiles aclaremos la situación o se procederá a dar de baja al supuesto patrón
El patrón se dio de alta con domicilio de su casa ya que el negocio es comida preparada en unidades móviles y no se puede proporcionar un domicilio.
Otro dato a considerar es que aún no da de alta a ningún trabajador ya que apenas abrirá el negocio y está en proceso de selección de personal.
La pregunta es:
Qué puedo hacer pues, como mencioné, el domicilio del centro de trabajo es 'móvil'?
Muchísimas gracias por su tiempo y ayuda.
Saludos