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10/Nov/13 20:03
FACULTADES DE LAS AUTORIDADES FISCALES L.I.V.A.

BUENAS NOCHES FORISTA

ME PUEDEN COMENTAR POR FAVOR A QUE SE REFIERE EL SIGUEINTE ARTICULO
ART. 39 LIVA: Al importe de la determinación presuntiva del valor de los actos o actividades por los que se deba pagar el impuesto en los términos de esta Ley, se aplicará la tasa del impuesto que corresponda
conforme a la misma, y el resultado se reducirá con las cantidades acreditables que se comprueben.

POR FAVOR

SALUDOS!!!!!!!!!!!!!!!!!
 
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FELIPAO1
Cabo

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11/Nov/13 10:05
Re: FACULTADES DE LAS AUTORIDADES FISCALES L.I.V.A.

Como para que, o que? Un poco mas de historia porque las letras que forman la oracion no le veo lo dificil, cual es tu duda?
 
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Alan_h14
Subteniente

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11/Nov/13 14:59
Re: FACULTADES DE LAS AUTORIDADES FISCALES L.I.V.A.

buenas tardes mi estimado

si solo me gustaria que me comentaran un poco de que se trata este articulo mas a fondo algunos ejemplos practicos para ser mas claro

saludos!!!!!
 
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FELIPAO1
Cabo

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11/Nov/13 15:02
Re: FACULTADES DE LAS AUTORIDADES FISCALES L.I.V.A.

ya que voy a exponer un poco de este tema del articulo 39 de las facultades de las autoridades

y el capitulo ix de las participaciones a las entidades federativas

saludos!!!!!!!!!!!!!!!
 
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FELIPAO1
Cabo

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11/Nov/13 16:19
Re: FACULTADES DE LAS AUTORIDADES FISCALES L.I.V.A.

Buenas tardes...

Primero tienes que buscar en el CFF todo lo relacionado con presuntivas, antes de IVA

Saludos
 
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GOrnelas
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11/Nov/13 21:04
Re: FACULTADES DE LAS AUTORIDADES FISCALES L.I.V.A.

El problema esta en que la autoridad, pude 'suponer' que estas omitiendo ingresos.

De ahí parte el problema.......y la autoridad, estima los ingresos omitidos.

Claro que es arbitrario....pero así esta la ley.
 
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vabdo
General de Brigada

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13/Nov/13 18:43
Re: FACULTADES DE LAS AUTORIDADES FISCALES L.I.V.A.

Sencillo...

La autoridad esta facultada para determinarte ingresos y a esos ingresos omitidos por ti y determinados por la autoridad se le aplicará la tasa de IVA que corresponda a tu actividad y/o region fronteriza - 11% 16% -

Ah, pero a ese importe de IVA presuntamente determinado, solo podrás acreditar el IVA de lo que efectivamente compruebes. - Ahi no se vale presunciones ni suposiciones ni nada.

Saludos
 
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puertogone
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