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08/Nov/13 18:51
FLETES DEDUCIBLE

Buenas tardes , resulta q le pago fletes a una SA , en que momento puedo deducir el gasto , ¿ en el momento de la fecha de la factura o hasta que pago? porque la factura es de un mes y hasla el mes siguento la pago. gracias por los posibles comentarios...........
 
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TOSTADAS1
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08/Nov/13 19:02
Re: FLETES DEDUCIBLE

Ver numerales 29 y 31, 172 LISR

Saludos
 
El mejor guerrero no es aquel que triunfa siempre, sino aquel que vuelve sin miedo a la batalla... (Experto en soluciones DEVyCOMP)
 
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GOrnelas
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08/Nov/13 19:22
Re: FLETES DEDUCIBLE

Amigo un poquito mas de informacion, que regimen eres a que te dedicas?
 
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Cpcambrax
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09/Nov/13 08:15
Re: FLETES DEDUCIBLE

Soy persona moral y me dedico a vender botanas de maiz.
 
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TOSTADAS1
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09/Nov/13 13:18
Re: FLETES DEDUCIBLE

para ISR no puedes dducir en pagos provisionales ya que es por coeficiente de utilidad de tus ingresos nominales lo deduciras hasta la anual, para IETU e IVA lo deduces y acreditas en el mes que lo pagastes

SALUDOS!!!!

Editado: Noviembre 09, 2013 13:18:51
 
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FELIPAO1
Cabo

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