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07/Nov/13 19:50
OBTENCION DE INCAPACIDADES O BAJA?

Buenas noches:

Ojala y me puedan ayudar con sus comentarios, mi caso es el siguiente:
Tengo un trabajador que el año pasado ingreso pero al mes se empezó a incapacitar por enfermedad general, la empresa a tenido consideraciones con esta persona ya que dada su situación de salud muchas veces no presentó sus incapacidades y aún así no se le rescindió el contrato, de hecho a la fecha tiene mas días de faltas que de incapacidades y mas de un año que no se presenta, desde hace varios meses lo hemos tratado de localizar para que nos entregue sus incapacidades y solo via correo electrónonico nos dice que no es posible porque está muy enfermo y que primero es él, ya se le pidió que un familiar o amigo las traiga pero nada.... Mis preguntas son las siguientes:

*Puedo solicitar al imss copia de sus incapacidades?? atención a patrones??
*Puedo indemnizarlo sin tener mayor implicación legal y darlo de baja en el imss??
o que mas puedo hacer??

Ah... se me olvidaba, el trabajador ahora me pide algún pago extra 'dado su situación de salud' y que ya está viendo a sus abogados porque también pide que le paguemos en este momento su aguinaldo (ojo... este año no ha laborado ningún dia). Que tal eh???

De antemano, gracias por sus comentarios y aportaciones
 
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FCRZ00
Soldado

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08/Nov/13 10:38
Re: OBTENCION DE INCAPACIDADES O BAJA?

Haber, pues vamos dando opiniones.

Primero.- Hasta donde tengo entendido no puedes dar de baja a un trabajador cuando esta incapacitado, probablemente si haces el movimiento en el IDSE si te lo va a procesar, pero creo que el IMSS te puede multar.

Segundo.- Como lo comentas, puedes pedir el listado de incpacidades en la Unidad medica familiar donde la persona se atiende, tiene que ir el patron personalmente, y si te lo dan.

Tercero.- Lo de la indemnizacion, aqui el problema mas grave, segun desde mi punto de vista, tampoco puedes correrlo. Existen varias causales por las cuales una relacion laboral se corta el articulo 42 de la LFT te habla de las suspensiones de la relacion laboral. En el numeral II dice 'La incapacidad temporal ocasionada por un accidente o enfermedad que no constituya un riesgo de trabajo', desde mi punto de vista y como comentas que es enfermedad general, pues se corta la relacion laboral, por lo que si no te ha trabajado ningun dia, pues no estarias obligado al pago de aguinaldo, apegandonos a este articulo y a esta fraccion.
Aqui es recomendable que te asesores con un abogado laboral de todos modos, si lo que quieres es correrlo porque las demandas laborales son de cuidado porque siempre las llevas de perder.
 
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Alan_h14
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16/Nov/13 22:24
Re: OBTENCION DE INCAPACIDADES O BAJA?

Muchas gracias y una disculpa por no reportarme antes, primeramente como menciona tendré que ir a las oficinas del imss para confirmar si existen realmente las incapacidades y a partir de ahi tomar las desiciones correspondientes.

Mil gracias
 
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FCRZ00
Soldado

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17/Nov/13 18:36
Re: OBTENCION DE INCAPACIDADES O BAJA?

primero antes que nada. si usted habla de abogados o su excolaborador, deben tenerse cuidado con las palabras. todo mundo los ineptos, incultos, las aplicamos sin propiedad, lo que en ocasiones nos causaria muchos problemas, mas de lo que ya se tienen.

Dice su trabajador, lo es? si o no? trabaja o no? sino trabaja entonces porque es trabajador?

Mas de un año y todavia solicita las incapacidades y todavia lo tiene dado de alta en el Seguro? y no trabaja? esto es algo delicado. Pues si esta vigente, entonces quizas si lo sea, pues ya tiene algo en contra del patron.

Tiene mas de un año, le dan dos meses al trabajador para interponer su demanda. Y todavia le tiene pavor? Claro que estaria justificado, si no se guardan los recibos de nominas, los pagos, el contrato, sus boletas de asistencia, su inscripcion ante el IMSS, movimientos, todo su expediente. Ese le exhimiria de varias cosas, su ausencia, pudiera darle la razon a la contraparte al supuesto trabajador, pues el solo tiene que decir cualquier mentira y se convierte en verdad, sino se demuestra lo contrario. Para empezar, reconocer que es trabajador. Ya se tiene la obligacion de contestar. No es trabajador, quien tiene que probarlo es el trabajador, porque existe un desconocimiento

La educacion es el camino para no sufrir injusticias. Pero a veces ni esta seria lo suficiente para ayudarle
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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