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16/Oct/13 10:59
CFDI obligatorio para expedición de Recibos de Nómina

Buen día:

Me gustaría compartir con ustedes la siguiente información que se relaciona directamente con los cambios recientes en la legislación fiscal, y que en días pasados recibí:

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Propuesta de reforma a la Ley del Impuesto sobre la Renta que regula los recibos de nómina como comprobantes fiscales

Art 28 Fracción V párrafo 2

Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos:

V. Cumplir con las obligaciones establecidas en esta Ley en materia de retención y entero de impuestos a cargo de terceros o que, en su caso, se recabe de éstos copia de los documentos en que conste el pago de dichos impuestos. Tratándose de pagos al extranjero, éstos sólo se podrán deducir siempre que el contribuyente proporcione la información a que esté obligado en los términos del artículo 71 de esta Ley.

Los pagos que a la vez sean ingresos en los términos del Capítulo I del Título IV, de esta Ley, se podrán deducir siempre que las erogaciones por concepto de remuneración, las retenciones correspondientes y las deducciones del impuesto local por salarios y, en general, por la prestación de un servicio personal independiente, consten en comprobantes fiscales emitidos en términos del Código Fiscal de la Federación y se cumpla con las obligaciones a que se refiere el artículo 94, fracciones I, II, III y V de la presente Ley, así como las disposiciones que, en su caso, regulen el subsidio para el empleo y los contribuyentes cumplan con la obligación de inscribir a los trabajadores en el Instituto Mexicano del Seguro Social cuando estén obligados a ello, en los términos de las leyes de seguridad social.

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Entiendo que esto pretende hacer extensivo el uso de CFDI a todas las operaciones que realizan los contribuyentes, y que podría traer como beneficio la eliminación de la Declaración Informativa de sueldos y salarios, así como la expedición de constancias.

También comprendo que esto coadyuva a cumplir con ciertas obligaciones de los patrones (como expedir constancia de días trabajados y salarios pagado).

Pero la duda ENORME que me queda es: Si como se pretende llegara a reformarse el artículo 29 Fracción V, del Código Fiscal, en el entendido de que los recibos de nómina deberán tener el mismo tratamiento que un CFDI, entonces solamente sería válido en formato electrónico. Siendo esto así, significaría que al momento de realizar el pago de salarios al trabajador se le expediría dicho comprobante, el cual contaría a su vez con el timbre del Proveedor (PAC). Luego entonces,

¿En qué momento nos firma el recibo de nómina el trabajador?
En todo caso, ¿No sería mejor que firmaran con su FIEL la recepción de dicho recibo CFDI?
¿Qué pasa con los trabajadores que no tienen acceso a las nuevas tecnologías?

A todos gracias por sus comentarios.

Saludos!
 
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jchans
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17/Oct/13 21:08
Re: CFDI obligatorio para expedición de Recibos de Nómina

Para el trabajador seguiremos ocupando lo mismo, el papelito. Osea que tendremos doble trabajo.
En las empresas que yo veo es practicamente imposible que todos los trabajadores tengan firma electronica.

Saludos
 
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juancarm
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20/Oct/13 20:10
Re: CFDI obligatorio para expedición de Recibos de Nómina

Esta situacion de CFDI por nominas, ya me lo esperaba por parte del SAT.

Asi ya ni los dictamenes del IMSS haran falta. Asi podran realizar las liquidaciones del IMSS con mayor exactitud, pues toda partida de IMSS estaria practicamente integrada y mas si buscan equiparar el art 27 LSS con la base del ISR. Se atreveria a decir que si se reforma en LSS que ya no se anticipe el cobro de las percepciones fijas como aguinaldo y prima vacacional, practicamente tiene menos diferencias o discrepancias, que por cierto son diferencias minimas

Los trabajadores no tendrian que sacar su FIEL, es el patron y si ya lo sacaron para las facturas, pues para la nomina tan solo les faltaria un sello digital. Ahora a esperar los proveedores autorizados que otorguen este servicio
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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10/Nov/13 16:20
Re: CFDI obligatorio para expedición de Recibos de Nómina

Yo creo que este cambio a la nomina, traera bastantes problemas a las empresas, pues si lo que pretenden es el timbrar un recibo de nominas , que pasara si en un periodo de la nomina se cometen errores , el contador tendria que regresar el respaldo de su programa y ahi la duda de como se manejara el timbrado, siento que es algo dificil pero bueno, ya sobre la marcha iremos viendo la funcionalidad de esto.
 
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celj34
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14/Nov/13 04:38
Re: CFDI obligatorio para expedición de Recibos de Nómina

¿En qué momento nos firma el recibo de nómina el trabajador?
Despues de que el patron lo emite, los recibos de nominas CFDI, seran muy parecidas a los comprobantes /facturas digitales actuales como CFDI_


En todo caso, ¿No sería mejor que firmaran con su FIEL la recepción de dicho recibo CFDI?
Nop la FIEL solo sirve para tramites fiscales. La expedicion de comprobantes o recibos no son tramites fiscales.

¿Qué pasa con los trabajadores que no tienen acceso a las nuevas tecnologías?
No importa si los trabajadores tienen acceso o no a las tecnologias que dice. Quien si se debe preocuparse son los patrones CONTRIBUYENTES y PATRONES a la vez, pues para ellos son las obligaciones de emitir recibos de nominas CFDI. Jamas la ley señala que los trabajadores emitan sus recibos de nominas. De hecho jamas lo hace. Si los firman, pero quien los emite siempre es el patron. Estos nuevos recibos, simplemente cambian el formato de emision, todo lo demas continuaran siendo igual.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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14/Nov/13 09:42
Re: CFDI obligatorio para expedición de Recibos de Nómina

Hola buen dia, pienso que esta medida para el SAT le queda de lujo pues amarra cabos sueltos con las cuestion de las remuneraciones y retenciones de impuestos, si se estan presentando de forma correcta ante ellos, pero no estan viendo el impacto financiero que tendran las compañias.

Nada mas echenle numeros, para una compañia que tenga mas de 500 empledos y se les pagara en forma semanal, estariamos hablado de 500 timbrados por semana, al mes serian 2000 y cada timbrado con los proveedores de las facturas electronicas cuestan; y no me quiero imaginar el costo financiero que tendrian las empresas que tienen mas de 4000 empleados o mas.

Son medidas la verdad muy acertadas para el SAT, pero para las empresas aparte de las modificaciones fiscales que vendran para el 2014, les estan afectando demasiado.
 
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CPSlash
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20/Nov/13 15:16
Re: CFDI obligatorio para expedición de Recibos de Nómina

Una duda...esto ya fue publicado o es meramente una propuesta???
 
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Danilo11
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20/Nov/13 23:14
Re: CFDI obligatorio para expedición de Recibos de Nómina

Ninguna modificación ha sido publicada, pero ya fueron aprobadas así es que solo falta eso.
Con respecto a los costos que menciona cpslash estoy de acuerdo con eso; pero sera mas caro el costo administrativo porque controlar eso va a estar muy difícil.
Y es muy cierto lo que menciona celj34, por eso veo que por fin se tendrán que valorar los profesionistas que se dedican a nominas, porque deben saber de fiscal, contable, laboral, seguridad social, recursos humanos, facturación, administración, etc. Porque cada error deberá costar caro y mas le valdrá a las empresas tener personal calificado para estas labores.


Saludos
 
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juancarm
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