14/Oct/13 14:28
Factura electrónica PM No Contribuyente
Buenas tardes, cuando una PM con fines no lucrativos no llega a los 250,000 pesos estaría en la opción de facturar en forma electrónica o por default hace la excepcion de acuerdo a la regla I.2.8.1.1. Uds. que opinan?. Gracias por su comentarios.
I.2.8.1.1 Para los efectos del artículo 29-B, fracción I del CFF, las personas físicas y personas morales que tributen en el Título II de la Ley del ISR que en el último ejercicio fiscal, hubieran manifestado en la declaración anual del ISR ingresos acumulables iguales o inferiores a $250,000.00, podrán optar por expedir comprobantes fiscales en forma impresa con dispositivo de seguridad. Los ingresos acumulables de referencia se determinarán únicamente con aquéllos que deriven de ingresos, actos o actividades por los cuales exista obligación de expedir comprobantes fiscales.
Segundo párrafo. (Se deroga)
…………………………………………………………………….
En cualquier caso, cuando los ingresos acumulables excedan de $250,000.00, las personas físicas y morales no podrán volver a ejercer la opción a que se refiere la presente regla durante los ejercicios posteriores.
La facilidad prevista en la presente regla no podrá aplicarse a los contribuyentes que inicien actividades.
NO TE QUEJES DE MUCHO TRABAJO, ACUERDATE QUE HAY PERSONAS QUE SE QUEJAN PORQUE NO LO TIENEN.