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17/Jun/04 0:45
sueldos y salarios

hola, buen día, pus aqui para molestarlos un ratin, pasa que no encuentro en la ley, el porcentaje en que la despensa esta gravada(isr).gracias, ojalá puedan echarme la mano.
 

 
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brandon
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17/Jun/04 10:47
Re: sueldos y salarios

LA DESPENSA PARA QUE NO SE GRAVE A ISR DEBE SER PARTE DE LA PREVISION SOCIAL, CUMPLIENDO LOS REQUISITOS DEL ART 109 VI, Y EL ART 31. DONDE SEÑALA UN PORCENTAJE EXENTO ES PARA LA INTEGRACION DEL SALARIO EN LA LEY DEL IMSS
 
LCP Laura Guerrero
 
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lpgh2000
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17/Jun/04 11:11
Re: sueldos y salarios

Saludos...!!

De acuerdo, la despensa no grava siempre que este dentro del plan de previsión social... a menos que la entregues en dinero, en ese caso considero que si grava al 100%...!!
 
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Alucard
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17/Jun/04 11:21
Re: sueldos y salarios

Solo para agregar que para imss integra si rebasa el limite del 40% del salario minimo general del DF según el art 27 Fracc VI y aqui si puede ser en efectivo...!

"lpgh2000" a que artículo 31 te refieres...?

Ahora una pregunta:

El art 109 dice que la prestación social esta exenta de ISR pero no menciona limites, es decir, que aunque no sea deducible por no cumplir los requisitos del art 31 Fracc XII sigue siendo un ingreso exento...?
 
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Alucard
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17/Jun/04 14:15
Re: sueldos y salarios

aguas con esas despensa exentas, aguas
 
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aguirrecp
Cabo

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21/Jun/04 12:45

Necesito ayuda sobre previsión social. Queremos implementar un plan de prevision social de manera que los trabajadores salgan beneficiados y nosotros poder hacer deducible la prevision social.
Somos una A.C. dedicada a la Eduación mi pregunta es la siguiente cual es el topo para ya hacer deducible mi previsión social ya que el art 31 me marca un tope donde la prevision social no deberá ser mayor al 10% del total de las remuneraciones gravadas de dichos trabajadores, sin que exceda del lmonto equivalente a 1.3 smga del trabajador.quiere decir que unicamentente puedo dar hasta un 10% de prevision social para todos los trabajadores sin que exceda el 1.3 smga . No se si alguien me pudiera explicar un poco mas claro.
de antemano les doy las gracias
 
malu
 
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josemalu97
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21/Jun/04 14:01

LA DESPENSA ESTA EXENTA PARA ISR SIEMPRE Y CUANDO SE PAGUE EN FORMA GENERAL Y EN BENEFICIO DE TODOS LOS TRABAJADORES. ART. 31 F-XII


EN NINGUNA PARTE DE LA LEY SE MENCIONA QUE DEBERA EXISTIR UN PLAN DE PREVISION SOCIAL.

ESA ES MI OPINION, ESPERO TE SIRVA
 
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NAVARROCARLOS
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21/Jun/04 14:43
Re: sueldos y salarios

hola estoy deacuerdo en que la despensa es deducible si se tiene un plan de prevision social y ademas es excenta de ISR por ahi preguntaron tambine acerca de que si se entrega en vales o en dinero , no tiene nada que ver para efectos de ISR pues no lo señala la ley solo menciona despensa, por otro lado es importante checar para IMSS los topes pues tienes que integrar la diferencia en el sueldo del empleado.

POr otro lado en mi opinion si no esdeducible la previcion social por no reunir los requisitos yo creo que si tienes que gravar el ingresos para ISR .
:)
saludos
 
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maribeln
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22/Jun/04 11:06
Re: sueldos y salarios

La exención para la persona física que recibe previsión social, depende de cada caso en particular. Fundamento: art. 109, fracc. VI, así como último y penúltimo párrafos del mismo artículo.

Saludos
 
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Miriam
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22/Jun/04 11:16
Re: sueldos y salarios

Saludos "Miriam"

Tienes toda la razón, gracias por la respuesta...! :wink:
 
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Alucard
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