Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
01/Oct/13 12:33
registro de acreditamiento de ide, subsidio para el empleo

HOLA! BUEN DIA

TENGO UNA DUDA EN EL CORRECTO REGISTRO DEL ACREDITAMIENTO DE IDE, EN EL PERIODO QUE DEBO HACER ESE REGISTRO.

EJEMPLO: EN AGOSTO TUVE UN IDE DE $ 100,000.00 (ESE IDE VIENE EN ESTADO DE CUENTA COBRADO EN EL MES DE SEPT. EL DIA 1ERO.)

YO REGISTRO EL IDE RETENIDO EN EL MES DE AGOSTO, Y EL PASIVO DE ESTE QUE TENDRIA POR PAGAR.
YO ACREDITO ESE IDE RETENIDO DEL MES AGOSTO CONTRA EL ISR PROPIO DEL MISMO PERIODO (DECLARACION QUE SE PRESENTA HASTA SEPTIEMBRE)

¿EL REGISTRO DONDE HAGO EL ACREDITAMIENTO DEL IDE, EN QUE MES ES CORRECTO HACERLO, EN AGOSTO O SEPTIEMBRE?

LA MISMA DUDA TENGO CUANDO HAGO ACREDITAMIENTO DE SUBSIDIO PARA EL EMPLEO ENTREGADO EN ESTE CASO EN AGOSTO CONTRA ISR RETENIDO A TERCEROS DEL MISMO PERIODO.

GRACIAS, ESPERO OBTENER RESPUESTAS.

BUEN DIA!
 
Buen dia!
 
Perfil

mvazquezs22
Teniente

Mensajes: 270
Ingresó: Octubre 12, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
02/Oct/13 12:18
Re: registro de acreditamiento de ide, subsidio para el empleo

Hola mvazquezs22

Es correcto como lo aplicaste.

El IDE retenido corresponde al mes de Agosto; por tanto se acredita en dicho mes.


Saludos
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
Perfil

vabdo
General de Brigada

Mensajes: 7573
Ingresó: Agosto 22, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
02/Oct/13 12:21
Re: registro de acreditamiento de ide, subsidio para el empleo

En mi opinión es correcta tu apreciación del subsidio para el empleo, lo acreditas en agosto, pero del IDE que te retuvieron el 1 de sept, yo lo acreditaría hasta septiembre, aún cuando corresponda al mes de agosto, creo que es una posición más conservadora.

Saludos.
 
Perfil

chiparturo
Sargento Primero

Mensajes: 89
Ingresó: Agosto 04, 2010
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
02/Oct/13 12:39
Re: registro de acreditamiento de ide, subsidio para el empleo

Siguiendo...

¿EL REGISTRO DONDE HAGO EL ACREDITAMIENTO DEL IDE, EN QUE MES ES CORRECTO HACERLO, EN AGOSTO O SEPTIEMBRE?



LIDE 4, 8; I.7.12, I.7.17, I.7.24 RMF 2013

Saludos
 
El mejor guerrero no es aquel que triunfa siempre, sino aquel que vuelve sin miedo a la batalla... (Experto en soluciones DEVyCOMP)
 
Perfil

GOrnelas
Mayor

Mensajes: 1329
Ingresó: Febrero 02, 2012
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
03/Oct/13 10:26
Re: registro de acreditamiento de ide, subsidio para el empleo

LEY IDE
Artículo 8. Los contribuyentes podrán acreditar contra el monto del pago provisional del impuesto sobre la renta del mes de que se trate, una cantidad equivalente al monto del impuesto establecido en esta Ley efectivamente pagado en el mismo mes.
Cuando el impuesto establecido en esta Ley efectivamente pagado en el mes de que se trate sea mayor que el monto del pago provisional del impuesto sobre la renta del mismo mes, el contribuyente podrá acreditar la diferencia contra el impuesto sobre la renta retenido a terceros en dicho mes.
Si después de efectuar el acreditamiento a que se refiere el párrafo anterior existiere una diferencia, el contribuyente la podrá compensar contra las contribuciones federales a su cargo en los términos del artículo 23 del Código Fiscal de la Federación.
Si después de aplicar los procedimientos de acreditamiento y compensación a que se refieren los párrafos anteriores, subsistiere alguna diferencia, la misma podrá ser solicitada en devolución, siempre y cuando esta última sea dictaminada por contador público registrado y cumpla con los requisitos que establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general.
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
Perfil

vabdo
General de Brigada

Mensajes: 7573
Ingresó: Agosto 22, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
03/Oct/13 10:53
Re: registro de acreditamiento de ide, subsidio para el empleo

BUEN DIA!

GRACIAS POR SUS COMENTARIOS.

PERO VADO, ESTOY DE ACUERDO CONTIGO. Y EN MIS REGISTROS CONTABLES
DEL MES DE AGOSTO.
PERO LO CORRECTO QUE ES EN CUANDO AL REGISTRO CONTABLE.

YA EN AGOSTO TENER REGISTRADO EL PAGO PROVISIONAL DE ISR, Y CON LA DISMINUCION DEL IDE RETENIDO.
O TENDRIA QUE HACERSE ESE REGISTRO HASTA SEPTIEMBRE.

Y LO MI MISMA DUDA ES EN CUANTO ACREDITAMIENTO DEL SUBSIDIO PARA EL EMPLEO.
GRACIAS
 
Buen dia!
 
Perfil

mvazquezs22
Teniente

Mensajes: 270
Ingresó: Octubre 12, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
03/Oct/13 11:20
Re: registro de acreditamiento de ide, subsidio para el empleo

Hola mvazquezs22
El IDE retenido corresponde al mes de agosto -----y así aparecerá en la constancia que te entregue el banco-----
El que lo veas en el estado de cuenta del mes de Septiembre, es porque el banco tiene hasta 3 días para informarlo.

El registro contable, puedes hacerlo hasta Septiembre

En cuanto al Subsidio, no tienes ningún problema acreditarlo cuando quieras, y cuando puedas.


Saludos
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
Perfil

vabdo
General de Brigada

Mensajes: 7573
Ingresó: Agosto 22, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
03/Oct/13 11:23
Re: registro de acreditamiento de ide, subsidio para el empleo

LIDE:
Artículo 4. Las instituciones del sistema financiero tendrán las siguientes obligaciones:
I. Recaudar el impuesto a los depósitos en efectivo el último día del mes de que se trate.

II. Enterar el impuesto a los depósitos en efectivo en el plazo y en los términos que mediante reglas de carácter general establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Dicho plazo no deberá exceder de los tres días hábiles siguientes a aquél en el que se haya recaudado el impuesto.
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
Perfil

vabdo
General de Brigada

Mensajes: 7573
Ingresó: Agosto 22, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1