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24/Sep/13 13:19
Multa de un requerimiento cancelado por la autoridad

Hola a todos,

Quisiera consultarles sobre lo siguiente, una empresa que se creó en 2012 presentó sus pagos provisionales de forma mensual en el primer trimestre del 2013. Dice la Ley que el pago provisional de ISR de los tres primeros meses debe ser trimestral.

En Junio llegó un requerimiento que señalaba la omisión de la declaración trimestral y la empresa presentó aclaración en mi portal de que no se había omitido la presentación de la información sino que se había presentado la información mensualmente. El SAT ante respondió: 'Con relación a su aclaración se le informa que después de realizar la revisión a nuestras bases de datos institucionales se detectó que las
obligaciones requeridas no esta obligado'

El problema es que se presentó el pago provisional trimestral después del plazo establecido en el requerimiento, quedando duplicada la información por ese trimestre.

Ahora me llega una multa por haberse presentado la obligación a requerimiento de la autoridad.

Mi duda es que pasa con la multa, procede? en su caso, como la puedo cancelar?, porque creo si fue un error presentar el pago trimestral.

Otra pregunta es con respecto al importe de la multa, la sancion dice un importe, y la linea de captura es por otro importe menor, pero tiene la leyenda:

'La cantidad señalada en la Sección de Línea de Captura, considera las siguientes reducciones: 20% por pronto pago ...(arts)..., y el 60% de la reducción.... (arts), si la multa es pagada dentro de los 30 días siguientes a su notificación. Si realiza su pago entre los días 31 y 45, contados a partir de que surtió efectos la notificación de la multa, deberá pagar la sanción considerando unicamente el 20% de descuentos por pronto pago antes señalado.
Este importe contempla los honorarios en cantidad de $430.00 pesos que se hace de su conocimiento conjuntamente con la notificación de la infracción.'

Mi duda es ¿cuanto se paga entonces?, porque la multa es por 1,100.00 y la linea de captura por 782, pero no me checa la linea de captura con el descuento que segun dice es del 80%.

Les agradezco muchísimo su consejo.

Saludos
 
A b r i l ; )
 
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Cynthia_Abril
Teniente

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24/Sep/13 20:14
Re: Multa de un requerimiento cancelado por la autoridad

Ahora me llega una multa por haberse presentado la obligación a requerimiento de la autoridad.


La interpretacion del SAT es que LA OBLIGACION SE PRESENTO a requerimiento de la autoridad y segun su punto de vista procede la multa.

MULTA 1,100.00 menos el 20% = 880.00

880.00 menos el 60% = 352.00 mas 430.00 de honorarios = 782.00

Deberas valorar si es conveniente invertir tu tiempo o el de un tercero en algun recurso que te permita cancelar la multa

Saludos
 
NADIE SABE LO QUE TIENE ....HASTA QUE LO VE AUDITORIA DEL SAT.
 
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MARIOORTIZ
Capitán Primero

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26/Sep/13 14:02
Re: Multa de un requerimiento cancelado por la autoridad

Le agradezco mucho su respuesta Mario.

Al igual que la autoridad, por ese motivo también considero que procede la multa, y pues si habrá que analizar que hacer.

Saludos!,

A b r i l
 
A b r i l ; )
 
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Cynthia_Abril
Teniente

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