13/Sep/13 10:43
Re: Vivir de una A.C.
Buen dia
Desde la perspectiva del gobierno la creacion de una A.C. es para coadyuvar a subsanar los sectores menos desprotegidos de la sociedad, por ende debe de dedicar todo su empeño a cumplir el objeto social con que fue creado.
La ASOCIACIÓN CIVIL, no tendrá un fin lucrativo, es decir que su finalidad únicamente será el bienestar social, ya sea en el ámbito cultural, educativo, recreativo, científico, etc. , sin obtener un beneficio económico.
Por lo tanto debe de destinar los donativos y sus rendimientos –única y exclusivamente– a los fines propios del objeto social de las donatarias.
En ningún caso podrán
dichas donatarias destinar más del 5% de los donativos que perciban para cubrir sus gastos de administración. (artículo 110 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta).
Haga cuentas... esta A.C. puede tener empleados y darlos de alta ante el IMSS,claro que puede tener deducciones pero claro, siempre respetando la ley.
Felices fiestas patrias!