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20/Ago/13 11:22
iva en CBTis

buenas tardes al foro es la primera vez que escribo

en mi ejercicio de C.P. acabo de encontrarme con una situacion que no tenia conocimiento alguno

un cliente regimen intermedio presta sus servicios a un CBTis y factura las siguientes cantidades

Importe 32,370.00
IVA 5,179.20
Total 37,549.20

la escuela solo le entrega la cantidad de 32,370.00 y una constancia donde le retiene el IVA por los 5,179.20 argumentando que ellos como no causan iva no estan obligados a pagarlo y que asi se maneja en todos los CBTis

haciendo cita en el SAT de la localidad no supieron decirme algun fundamento legal , ni tampoco yo encontre nada ni en ley o reglas, entiendo que si fuera honorarios o arrendamiento si habria retencion pero 2/3 partes, no asi en Regimen intermedio

no se si a ustedes les pasaria o sabrian de algo similar


GRACIAs por su atención
 
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oziel
Capitán Segundo

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20/Ago/13 12:52
Re: iva en CBTis

Hola oziel
iva en CBTis

Si estan exentos.
ver art. 15 Fracc. IV

Que buena desorientación la del SAT.......
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
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vabdo
General de Brigada

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20/Ago/13 17:49
Re: iva en CBTis

Estimado Oziel,

Te recomiendo la lectura del Artículo 3 de la Ley del IVA, ahí se te aclarará tu duda, te transcribo él párrafo que habla de la retención y que es correcto que sea del 100%, ya que en mi opinión a este artículo no le aplica la retención menor de 2/3 establecida en reglamento.

Saludos


La Federación y sus organismos descentralizados efectuarán igualmente la retención en los términos del artículo 1o.-A de esta Ley cuando adquieran bienes, los usen o gocen temporalmente o reciban servicios, de personas físicas, o de residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en el país en el supuesto previsto en la fracción III del mismo artículo. También se efectuará la retención en los términos del artículo 1o.-A de esta Ley, en los casos en los que la Federación y sus organismos descentralizados reciban servicios de autotransporte terrestre de bienes prestados por personas morales. Los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, así como sus organismos descentralizados no efectuarán la retención a que se refiere este párrafo.
 
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jgvv22
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