10/Ago/13 14:59
Descuentos por Nomina, por adeudo de un tercero
Hola a todos,
Quisiera saber su opinión sobre el descuento que se le desea realizar a un trabajador.
Un gerente que pertenece a la empresa A, se 'presta' a la empresa 'B' para mejorar las ventas. Digo se 'presta' porque siguió como trabajador activo en la empresa 'A' y nunca
figuró como trabajador en la empresa 'B'.
El detalle es que el gerente en la empresa 'B' dejó un saldo pendiente de cubrir por gastos pendientes de comprobar al devolverse a la empresa 'A'.
Debido a que el empleado no cubre el saldo pendiente de la empresa 'B', ésta le pide a la empresa 'A' que le retenga por nómina dicho saldo.
Tengo entendido que en general el 'prestamo de empleados' no debe hacerse, pero en el caso particular del monto pendiente de cubrir, lo ideal creo yo sería que el saldo se pagara directamente a la empresa 'B', pq el descuento para terceros por esta situación no creo que sea válido
Ustedes que opinan al respecto y que me aconsejan??
Que tengan un excelente fin de semana!!
A b r i l ; )
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Cynthia_Abril
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11/Ago/13 22:49
Re: Descuentos por Nomina, por adeudo de un tercero
Buenas noches, no es legal el descuento a un trabajador solicitada por un tercero.
Son legales los descuentos de su patron y solo en determinadas situaciones mencionadas en la L.F.T. Voy a buscar el fundamento y se lo paso.
Saludos
'Nuestro conocimiento es necesariamente finito, mientras que nuestra ignorancia es necesariamente infinita.'
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juancarm
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12/Ago/13 18:49
Re: Descuentos por Nomina, por adeudo de un tercero
Muchas gracias Juan :)
A b r i l ; )
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Cynthia_Abril
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18/Ago/13 11:28
Re: Descuentos por Nomina, por adeudo de un tercero
Asi como se manifiesta que se aplicaria la retencion, coincido no es procedente en derecho este procedimiento conforme al art 110 LFT.
Sin embargo, pudiera 'legalizarse' ambos patrones y el trabajador deben perfeccionar un convenio. Asi se demuestra que todos estan conformes y que se buscaria darsele cumplimiento a las voluntades de todas las partes. Seria el equivalente a perfeccionar un prestamo de patron al trabajador, donde ambos acuerdan los descuentos, con la diferencia que estos decuentos pasarian a otra tercera persona. Lo que sucede con las retenciones del IMSS e INFONAVIT, solo que por estas ultimas personas, no se requiere de tal convenio, porque la ley ya le concede el convenio desde la promulgacion de las leyes mismas.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
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enrique9727
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23/Ago/13 19:39
Re: Descuentos por Nomina, por adeudo de un tercero
Buen dia.
Estamos habando a nivel gerencial. Gerente debe hacerse responsable x ética. Que les firme un pagaré y háganle el descuento x fuera de nomina.
A veces debemos apartarnos de lo que 'debiera ser', por lo que 'hay que hacer'.
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Editado: Agosto 23, 2013 19:45:02
=8/
¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
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pepesoto
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25/Ago/13 22:54
Re: Descuentos por Nomina, por adeudo de un tercero
Es muy comun e incluso preferible, reconocer o revestir los compromisos de adeudos que se generan dentro del ambito laboral para transmutarlos al civil y mejor aun en el mercantil con la formulacion de pagares, lo que les daria agilidad en el momento de un cobro coactivo. Pero, como no se formulan convenios bien elaborados y sin contravenir las reglas laborales es que prefieren cambiar del ambito.
Saludos cordiales,
enrique9727
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enrique9727
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