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15/Jul/13 13:32
PAGOS DE SALARIOS POR TRANSFERENCIA

Buenas tardes foristas..Se me presenta el siguiente caso.

Vamos contratar a un nuevo empleado.. Al pedirle su No. de cuenta para la transferencia de su sueldo nos dice que no tiene cuentas en ningún banco y que no puede abrir una nueva por un problema que tuvo..... se le planteó al representante legal la situación y pagarle con cheque pero se negó. El nuevo empleado nos sugiere que si le podemos hacer la transferencia a la cuenta de una de sus hijas.... su sugerencia no me pareció que fuera la solución correcta por no ser una cuenta personal del contribuyente al que se la hace un pago de salario...

Podría ser factible dicha sugerencia sin caer en algún procedimiento mal aplicado para la deducibilidad del salario??

Gracias de antemano por su ayuda
 
MLUNA. Comparte tus conocimientos. Es una manera de lograr la inmortalidad.
 
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mluna
Capitán Primero

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15/Jul/13 13:56
Re: PAGOS DE SALARIOS POR TRANSFERENCIA

Los sueldos y salarios no entran en la limitante de pagar cheques para abono en cuenta del beneficiario o transferencia bancaria.

Pero si se ve muy rara esa operación, mas cuando ahora el SAT supone que lo que entra a tu cuenta es ingreso, endosandote la carga de demostrar que no es así.

Laboralmente también es riesgoso, aún cuando el te firme un recibo de que recibio el dinero, legalmente la facultada para sacar ese dinero de esa cuenta es otra persona, creandote una contingencia de que eventualmente el pueda argumentar que nunca recibío tal dinero por que la otra persona otra se gasto el dinero, y esto con hechos.

Yo preferiría pagarle en efectivo.

Saludos,
 
ISE, S.C. consultores
 
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edgarconfistula
Sargento Segundo

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15/Jul/13 15:18
Re: PAGOS DE SALARIOS POR TRANSFERENCIA

Independiente a las opciones que te maneja Edgar, podrías acercarte con el ejecutivo bancario que maneja la cuenta de la empresa a fin de solicitarle su apoyo para aperturarle una cuenta al empleado y de esta forma tener la certeza del inconveniente que te manifiesto.
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
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CP_PACO
General Brigadier

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15/Jul/13 15:34
Re: PAGOS DE SALARIOS POR TRANSFERENCIA

Buena tarde:

En relación con el tema, me permito transcribir textualmente los artículos 100 y 101 de la Ley Federal del Trabajo.

Artículo 100.- El salario se pagará directamente al trabajador. Sólo en los casos en que esté imposibilitado para efectuar personalmente el cobro, el pago se hará a la persona que designe como apoderado mediante carta poder suscrita por dos testigos.

El pago hecho en contravención a lo dispuesto en el párrafo anterior no libera de responsabilidad al patrón.

Artículo 101.- El salario en efectivo deberá pagarse precisamente en moneda de curso legal, no siendo permitido hacerlo en mercancías, vales, fichas o cualquier otro signo representativo con que se pretenda substituir la moneda.

Previo consentimiento del trabajador, el pago del salario podrá efectuarse por medio de depósito en cuenta bancaria, tarjeta de débito, transferencias o cualquier otro medio electrónico. Los gastos o costos que originen estos medios alternativos de pago serán cubiertos por el patrón.

Saludos
 

 
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a_cano
Teniente Coronel

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15/Jul/13 22:12
Re: PAGOS DE SALARIOS POR TRANSFERENCIA

SIN DUDA, TU NUEVO TRABAJADOR TUVO UN PROBLEMA CON LA JUSTICIA Y ESTA BOLETINADO EN TODAS LAS INSTITUCIONES FINANCIERAS, POR ESO NO PUEDE APERTURAR NINGUNA CUENTA BANCARIA.

PAGALE CON CHEQUE Y PUNTO. QUE TE FIRME DE RECIBIDO EL CHEQUE EN EL LLAMADO 'CHEQUE-POLIZA', EL RECIBO DE PAGO O NOMINA, LISTA DE RAYA, ETC. Y QUE TE FIRME UNA CARTA EN LA QUE PIDA QUE LE PAGUES DE ESA FORMA (PARA CUBRIRTE DE LO QUE ESTABLECE EL ART. 101 LFT.).
 
'MIRA QUE TE MANDO QUE SEAS VALIENTE; NO TEMAS NI DEMAYES PORQUE JEHOVA TU DIOS ESTARA CONTIGO DONDEQUIERA QUE VAYAS' Josué 1:9 ...y donde quiera que participes.
 
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JMAU
Teniente

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