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28/Jun/13 18:21
Modificación de factores de descuento INFONAVIT

Buenas tardes.
Hay algún articulo de la ley en la cual se plante el siguiente caso:

En las glosas por bimestre o bien las EBA que se bajan del portal del IDSE, en el 3º bimestre y 6º bimestre hay tenido modificaciones en los factores de descuentos. Se preguntó en la delegación que procedía en estos casos y lo que dijeron era que dichas modificaciones aplicarían para el siguiente bimestre, es decir, 4º y 1º bim del sig año.
Posteriormente llegó una cédula de diferencias del 3º bim y al ir aclarar, se llevo la EBA del 2º bim para demostrar que se pago con dichos factores y que a partir del 4º bim se harian las modificaciones.El resultado del: QUEDO ACLARADO el 2º bim.
Ahora necesito presentar un Recurso de Inconformidad, y en uno de los casos expuestos necesito fundamentar el caso anterior.

Alguien sabe el fundamento.

Gracias
 
&CH
 
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anaili
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28/Jun/13 18:22
Re: Modificación de factores de descuento INFONAVIT

Perdón, Quedo aclarado el 3º bimestre.
Gracias
 
&CH
 
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anaili
Mayor

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01/Jul/13 15:08
Re: Modificación de factores de descuento INFONAVIT

No entendi, podrias aclarar cual es tu duda??


Saludos
 
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juancarm
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01/Jul/13 21:32
Re: Modificación de factores de descuento INFONAVIT

Hola Anaili,

Creo que el fundamento que requieres es el siguiente:

REGLAMENTO DE INSCRIPCIÓN, PAGO DE APORTACIONES Y ENTERO DE DESCUENTOS AL
INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES


Publ. en el DOF el 10/02/2012

Art. 44 último párrafo:

El patrón deberá iniciar la retención y el entero de los descuentos a partir del día siguiente a aquél en que reciba el aviso de retención de descuentos o la cédula de determinación en que aparezcan los datos del crédito de alguno o algunos de sus trabajadores acreditados, lo que ocurra primero. En caso de que existan discrepancias entre los datos contenidos en uno y otro documento, el patrón deberá atender a los que se señalen en la cédula de determinación.


Te sugiero echarle un vistazo a todo el artículo.

De hecho efectivamente el Instituto no falla en determinar y notificar sus diferencias, sin embargo, obviamente no procede realizar dicho pago.

Espero que sea el fundamento que necesitas y que mi comentario sea de tu utilidad.

Saludos y buena suerte.
 
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ngm
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01/Jul/13 22:12
Re: Modificación de factores de descuento INFONAVIT

La fundamentacion del reglamento es buena y procedente. Pero...

Primeramente manda la Ley, asi que habria que buscarse el fundamento en la ley primero. Luego en el reglamento.

Aunque pudiera con el simple reglamento pegar el chicle. Si consigue que la ley lo respalda, se pavimenta la resolucion favorable, sin necesidad de aplicar algun recurso trascedental
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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01/Jul/13 23:21
Re: Modificación de factores de descuento INFONAVIT

Buenas noches mi estimado Enrique,

Desde mi particular punto de vista, con el reglamento es suficiente.

Yo creo que el chicle sí pega (es más yo opino que 'debe pegar' a la de a 'juerzas':smile:)


Gusto en saludarte y que pases buenas noches.

P.D. Cuando a mí me sucede lo que comenta Anaili, con ese fundamento se queda 'quieto' el INFONAVIT, deveritas que sí.
 
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ngm
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02/Jul/13 14:18
Re: Modificación de factores de descuento INFONAVIT

AQUI HAY 2 SITUACIONES:

1.- LA PRIMERA ES QUE, CUANDO A UN TRABAJADOR SE LE OTROGA UN CREDITO Infonavit, AL PATRON SE LE ENTREGA (POR CONDUCTO DEL TRABAJADOR), UN AVISO (AVISO DE RETENCION DE DESCUENTOS) PARA QUE LE RETENGA AL TRABAJADOR LAS AMORTIZACIONES CORRESPONDIENTES. EN ESE AVISO SE LE NOTIFICA AL PATRON EL FACTOR DE RETENCION Y TAMBIEN QUE DEBERA EFECTUAR LAS RETENCIONES A PARTIR DEL SIGUIENTE DIA AL EN QUE RECIBA LA NOTIFICACION.

2.- LA OTRA SITUACION SE PRESENTA CUANDO INFONAVIT MODIFICA EL FACTOR DE RETENCION; PERO RESULTA QUE AL PATRON NUNCA SE LE NOTIFICA ESTE HECHO; EL PATRON TIENE QUE ESTAR VIGILANTE, CONSULTANDO LA PAGINA DEL INFONAVIT PARA SABER SI HUBO O NO MODIFICACION AL FACTOR DE RETENCION.
EN CASO DE MODIFICACION, EL PATRON DEBERA APLICAR EL NUEVO FACTOR A PARTIR DEL PRIMER DIA DEL SIGUIENTE BIMESTRE A AQUEL EN QUE HAYA 'RECIBIDO' LA NOTIFICACION.

PERO, INSISTO, AL PATRON NUNCA SE LE NOTIFICA UNA MODIFICACION DEL FACTOR DE DESCUENTO. EN ESA VIRTUD, SI EL INFONAVIT LE REQUIERE UNA DIFERENCIA ORIGINADA POR EL FACTOR DE DESCUENTO APLICADO, PUES..... A PAGAR?.

LA PREGUNTA SERIA:

¿COMO COMBATIR UN REQUERIMIENTO DE INFONAVIT POR DIFERENCIA EN LA AMORTIZACION QUE SE PAGO CON EL FACTOR DE DESCUENTO QUE ORIGINALMENTE PROPORCIONO, DIFERENTE AL FACTOR DE DESCUENTO QUE SE MODIFICO Y QUE NO NOTIFICO AL PATRON??


OJO:

VER EL PUNTO 4, INCISO B), DEL REVERSO DE LA 'PROPUESTA DE CEDULA DE DETERMINACION DE CUOTAS, APORTACIONES Y AMORTIZACIONES' (DE INFONAVIT). AUNQUE AQUI HABLA DE 'AVISO DE RETENCION', Y LA PROBLEMATICA QUE PRESENTO ES SOBRE EL 'AVISO DE MODIFICACION DEL FACTOR DE DESCUENTO' QUE INFONAVIT NO NOTIFICA.
 
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JMAU
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02/Jul/13 21:50
Re: Modificación de factores de descuento INFONAVIT

Hola Jmau,

PERO, INSISTO, AL PATRON NUNCA SE LE NOTIFICA UNA MODIFICACION DEL FACTOR DE DESCUENTO. EN ESA VIRTUD, SI EL INFONAVIT LE REQUIERE UNA DIFERENCIA ORIGINADA POR EL FACTOR DE DESCUENTO APLICADO, PUES..... A PAGAR?.


Debe de.

El artículo 44 del Reglamento, dispone que el INFONAVIT, debe notificar al patrón las retenciones, vía: aviso de retención o cédula de liquidación.

Sí al patrón no se le notifica, simple y sencillamente no es adivino y por tanto, no está obligado a retener lo que desconoce.

EL PATRON TIENE QUE ESTAR VIGILANTE, CONSULTANDO LA PAGINA DEL INFONAVIT PARA SABER SI HUBO O NO MODIFICACION AL FACTOR DE RETENCION.
Esta parte es opcional, así lo dispone el penúltimo párrafo del artículo en comento.

Saludos.
 
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ngm
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02/Jul/13 21:58
Re: Modificación de factores de descuento INFONAVIT

Continuando...
¿COMO COMBATIR UN REQUERIMIENTO DE INFONAVIT POR DIFERENCIA EN LA AMORTIZACION QUE SE PAGO CON EL FACTOR DE DESCUENTO QUE ORIGINALMENTE PROPORCIONO, DIFERENTE AL FACTOR DE DESCUENTO QUE SE MODIFICO Y QUE NO NOTIFICO AL PATRON??
Así precisamente.

Esto es, argumentando que el patrón nunca fue notificado del cambio de factor. En su caso, el INFONAVIT debe demostrarte que sí lo hizo y si así lo hiciere, sólo así es que sí se está obligado a pagar la diferencia, pero obviamente respetando lo que dispone el Reglamento respecto a empezar a retener a partir del siguiente bimestre.

El INFONAVIT también debe respetar lo que la Leyes respectivas disponen, en este caso, el Reglamento.

Lo anterior, es desde mi particular punto de vista.

Espero que mi comentario sea de tu utilidad.

Saludos y buena suerte.
 
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ngm
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02/Jul/13 21:58
Re: Modificación de factores de descuento INFONAVIT

Sorry, se había duplicado el comentario.

Saludos
:redface:

Editado: Julio 02, 2013 22:01:40
 
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ngm
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