Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
27/Jun/13 10:37
COMPENSACIÓN DE SALDO A FAVOR DE IVA CONTRA PAGO MULTA A CARGO

Hola foristas,

De nuevo solicitando su apoyo, resulta que tenemos que efectuar el pago de una multa, pero tenemos un saldo remanente de Saldo a favor de Iva , se puede compensar el pago de la multa contra dicho saldo.

Si alguien puede comentarme algo, y su fundamento legal.

De antemano le agradezco su opinión.


Saludos...
 
Perfil

LUNETA
Sargento Primero

Mensajes: 99
Ingresó: Octubre 24, 2011
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
27/Jun/13 17:23
Re: COMPENSACIÓN DE SALDO A FAVOR DE IVA CONTRA PAGO MULTA A CARGO

Hola LUNETA:

Este tema se a discutido mucho....

En esta liga hay información:
[url]http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Foros&sop=verTopico&idTema=40419&idCat=10&p=1#234062[/url]:


Quisiera conocer tu opinión.

Saludos
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
Perfil

vabdo
General de Brigada

Mensajes: 7573
Ingresó: Agosto 22, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
29/Jun/13 08:46
Re: COMPENSACIÓN DE SALDO A FAVOR DE IVA CONTRA PAGO MULTA A CARGO

Buen día LUNETA:

.... tenemos que efectuar el pago de una multa, pero tenemos un saldo remanente de Saldo a favor de Iva , se puede compensar el pago de la multa contra dicho saldo.

Si se puede siempre que te aplique lo siguiente:

CFF

Artículo 23. Los contribuyentes obligados a pagar mediante declaración podrán optar por compensar las cantidades que tengan a su favor contra las que estén obligados a pagar por adeudo propio o por retención a terceros, siempre que ambas deriven de impuestos federales distintos de los que se causen con motivo de la importación, los administre la misma autoridad y no tengan destino específico, incluyendo sus accesorios………………

Artículo 2o.-………….
Los recargos, las sanciones, los gastos de ejecución y la indemnización a que se refiere el séptimo párrafo del Artículo 21 de este Código son accesorios de las contribuciones y participan de la naturaleza de éstas. Siempre que en este Código se haga referencia únicamente a contribuciones no se entenderán incluidos los accesorios, con excepción de lo dispuesto en el Artículo 1o.


Saludos
 
'El optimista piensa que el realista es pesimista. El pesimista dice que el realista es optimista. El realista sabe que el optimista es idealista.'
 
Perfil

CHAVALON
General de Brigada

Mensajes: 5795
Ingresó: Abril 03, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1