Desde el día en que pagas en el banco, ya que en dicha declaración efectuaste la compensación.
CFF
Artículo 23………………..
…..Los contribuyentes presentarán el aviso de compensación, dentro de los cinco días siguientes a aquél en el que la misma se haya efectuado, acompañado de la documentación que al efecto se solicite en la forma oficial que para estos efectos se publique.
Saludos
Editado: Junio 22, 2013 13:05:42
'El optimista piensa que el realista es pesimista.
El pesimista dice que el realista es optimista.
El realista sabe que el optimista es idealista.'