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19/Jun/13 11:07
Gastos realizados con estimuo de conacyt aon deducibles para ietu?

Buenas tardes

Espero me puedan ayudar estoy atorado con un asunto, se los explico, En la empresa donde trabajo (persona moral) obtuvo un incentivo por parte del conacyt que financió el 30% de un proyecto y para lo cual me pidieron que les expidiera una factura (por obvias razones no se le desglosa IVA por ser dependencia gubernamental) por la cantidad que ellos aportarían y así se hizo, y terminando el proyecto fui auditado para efectos del conacyt y que se haya gastado todo lo que ellos aportaron y el proyecto se haya terminado, el dictamen fue favorable, pero ahora mi duda es la siguiente para efectos de isr el dinero que nos aporto conacyt es acumulable ya que nos derogaron el articulo 219 de la lisr (muy abusados nuestros políticos) pero para cuestiones de ietu no es acumulable ya que no es nuestro giro el obtener subsidios federales por lo tanto mi duda es ¿¿¿¿ son deducibles para ietu los gastos realizados con dicho dinero o solo el IVA de los gastos????

Espero no haberlos hecho pelotas con tanto rollo y me puedan apoyar, Gracias
 
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manuelsmc
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21/Jun/13 11:58
Re: Gastos realizados con estimuo de conacyt aon deducibles para ietu?

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Editado: Junio 21, 2013 12:26:31
 
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GrupoAguila
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21/Jun/13 12:21
Re: Gastos realizados con estimuo de conacyt aon deducibles para ietu?

Buena día:

De conformidad con el artículo 17 de la LISR, el subsidio otorgado por el CONACYT, sería un ingreso acumulable para ISR.

Con respecto al IVA la Ley del Impuesto al Valor Agregado grava actos y actividades que las personas físicas y morales realicen en territorio nacional, como podrían ser enajenación de bienes, prestación de servicios, otorgamiento del uso o goce temporal… Por lo tanto, el subsidio en cuestión, no grava IVA al no ser un acto de los anteriormente comentados.

Para IETU el subsidio otorgado por el CONACYT, no sería considerado un ingreso gravado en virtud de que no estaría comprendido dentro de lo supuestos previstos en el primer párrafo del artículo 2 de la LIETU, es decir, no corresponde a una contraprestación por una enajenación, o una prestación de servicios u otorgamiento del uso o goce temporal de bienes…

Por otra, dichos gastos serían deducibles tanto para ISR como para IETU y el IVA sería acreditable, en virtud que son indispensables para realizar sus actividades.
 

 
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a_cano
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21/Jun/13 12:28
Re: Gastos realizados con estimuo de conacyt aon deducibles para ietu?

Buen día:

Ademas, con el permiso de Fiscalía, me permito sugerir consultar artículo publicado en la Página de Fiscalito.com titulado Estímulo Fiscal CONACYT para 2012, publicado por Rosalba Pinedo, Contador Publico y Maestro en Impuestos por la UANL, Miembro de la Comision Fiscal del ICPNL, Actualmente se desempeña como Especialista Fiscal en Industrias AlEn, ingresando al siguiente enlace:

http://www.fiscalito.com/estimulo-fiscal-conacyt-para-2012.html

Gracias
 

 
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a_cano
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