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11/Jun/13 16:20
Arrendamiento de Persona Física a Persona Moral.

Buenas tardes colegas.

Tenemos una persona fisica que tiene registrada la actividad de arrendamiento de inmuebles, el asunto a consultar es el sigueinte:

¿Consideran posible que la persona fisica se constituya persona moral y continue con la actividad de arrendamiento?

De ser posible, ¿Que trae consigo este tipo de movimientos a la persona moral?


Muchas gracias colegas, estaría muy agradecido por sus comentarios.
 
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DespachoGomezGuerrero
Soldado

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11/Jun/13 21:40
Re: Arrendamiento de Persona Física a Persona Moral.

Solo un comentario al margen.

Para poder arrendar un inmueble, se supone que unicamente puede hacerlo el propietario del mismo.

En base a mi comentario anterior, como seria la mecanica para que la Persona moral continue con el arrendamiento??


A la mejor, me sali del tema.....pero me interesa ahondar en este tema.

Y creo que se puede sacar muy buenas opiniones del mismo.

Saludos cordiales
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
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vabdo
General de Brigada

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12/Jun/13 09:36
Re: Arrendamiento de Persona Física a Persona Moral.

Gracias por tu comentario Vabdo no sales del tema, precisamente ese es el topico, los bienes inmuebels pertenecen a una persona física de manera que legalmente pueden y tienen derecho a rentarlos, pero, al querer hacer el arrendamiento por una persona moral que se pretende constituir, nos vemos con la pregunta que tu haces, ¿como seguimos con la actividad de arrendamiento? pensamos que es necesario precisamente lo que implicitamente mencionas, es decir, cambiar a propietarios de los bienes a la persona moral, no obstante, nos gustaría conocer lo que nuestros colegas han realizado en este tipo de operaciones. Tenemos algunas alternativas pero, nos gustaría conocer lo que han realizado nuestros colegas.


Agredeceremos sus comentarios.
 
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DespachoGomezGuerrero
Soldado

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12/Jun/13 10:34
Re: Arrendamiento de Persona Física a Persona Moral.

Una solución al respecto sería efectuar un contrato de compra venta entre la persona física y la persona moral, hacer los cambios catastrales con el contrato y listo a facturar.
Saludos.
 
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gabo68
Sargento Segundo

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12/Jun/13 17:27
Re: Arrendamiento de Persona Física a Persona Moral.

Hola.

Como bien menciona el colega vabdo, solo el propietario puede rentar.

Se me ocurre que la persona física dueña del inmueble rente a la persona moral nueva y ésta a su vez la subarrende.

Al caso viene el siguiente artículo del Código Civil Federal

Artículo 2401.- El que no fuere dueño de la cosa podrá arrendarla si tiene facultad para celebrar ese contrato, ya en virtud de autorización del dueño, ya por disposición de la ley.


En el contrato de arrendamiento entre PF y PM se señala que se autoriza el subarrendamiento.

Saludos
 
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vag
Subteniente

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