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04/Jun/13 19:29
Incapacidad por Maternidad

Buenas Tardes: Presente un aviso en el Imss, de modificacion de fecha de ingreso de una trabajadora. Se dió de alta en febrero del 2013, debiendo ser en enero del 2012. Ya lo aceptó el IMSS y pague las diferencias correspondientes. La empleada esta embarazada, mi duda es, tiene derecho a incapacidad por maternidad?
 
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paco73101
Soldado

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05/Jun/13 00:20
Re: Incapacidad por Maternidad

Si el Imss ya lo acepto es claro que tiene derecho a cobrar sus incapacidades, aunque también se nota una probable acción de mala fe y por lo tanto podrá ejercer sus facultades de comprobación.


Saludos
 
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juancarm
Teniente Coronel

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05/Jun/13 09:20
Re: Incapacidad por Maternidad

Buen día:

Probablemente, los siguientes artículos de la Ley del Seguro Social, aclaran tu duda:

Artículo 101. La asegurada tendrá derecho durante el embarazo y el puerperio a un subsidio en dinero igual al cien por ciento del último salario diario de cotización el que recibirá durante cuarenta y dos días anteriores al parto y cuarenta y dos días posteriores al mismo.

[…]

Artículo 102. Para que la asegurada tenga derecho al subsidio que se señala en el artículo anterior, se requiere:

I. Que haya cubierto por lo menos treinta cotizaciones semanales en el período de doce meses anteriores a la fecha en que debiera comenzar el pago del subsidio;

II. Que se haya certificado por el Instituto el embarazo y la fecha probable del parto, y

III. Que no ejecute trabajo alguno mediante retribución durante los períodos anteriores y posteriores al parto.

Si la asegurada estuviera percibiendo otro subsidio, se cancelará el que sea por menor cantidad.

Artículo 103. El goce por parte de la asegurada del subsidio establecido en el artículo 101, exime al patrón de la obligación del pago del salario íntegro a que se refiere la fracción V del artículo 170 de la Ley Federal del Trabajo, hasta los límites establecidos por esta Ley.

Cuando la asegurada no cumpla con lo establecido en la fracción I del artículo anterior, quedará a cargo del patrón el pago del salario íntegro.

Espero sea de utilidad...

Editado: Junio 05, 2013 09:21:05

Editado: Junio 05, 2013 09:21:39
 

 
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a_cano
Teniente Coronel

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